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El empresario José Pardo ingresa en prisión por las facturas falsas

El empresario, en busca y captura desde el pasado mes de febrero, fue condenado a tres años y nueve meses de prisión por los delitos de malversación y falsedad documental.

el 31 jul 2011 / 16:12 h.

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El empresario José Pardo.

El contratista José Pardo, condenado en 2009 por el caso de las facturas falsas del Distrito Macarena del Ayuntamiento de Sevilla, ha ingresado en prisión después de que el Tribunal Constitucional no haya admitido a trámite su recurso para conmutar la cárcel por multa , según publicaron ayer varios medios en sus ediciones on line.


El empresario, en busca y captura desde el pasado mes de febrero, fue condenado a tres años y nueve meses de prisión por los delitos de malversación y falsedad documental, al cobrar varias obras que no se ejecutaron en el distrito Macarena a finales de 2002 y comienzos de 2003. Por este caso también fue condenado José Marín, secretario del Distrito Macarena durante el anterior mandato socialista. Marín entró en prisión en abril de 2010 y disfruta del tercer grado, que tan sólo le obliga a regresar a la cárcel para dormir.


La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial dictó en febrero pasado una orden de busca y captura contra José Pardo. Según confirmaron entonces fuentes judiciales, la orden se emitió después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) le notificara a la Audiencia que rechazaba el recurso de Pardo solicitando la conmutación de la condena por una multa. La misma decisión que toma ahora el Tribunal Constitucional.


Pardo intentó eludir o al menos retrasar su ingreso en la cárcel, que debería haberse llevado a cabo en abril de 2010, con sendos recursos en los que solicitaba que la pena de 21 meses de prisión impuesta por falsedad documental, le fuera conmutada por el pago de una multa. Sin embargo, el Alto Tribunal andaluz rechazó la petición, como ya hiciera anteriormente la Audiencia Provincial. El auto del TSJA recordaba que la sustitución y conmutación de penas "no pueden concebirse como alternativas variadas y generales a la ejecución de penas privativas de libertad", sin que, además, quepa admitir, "salvo en supuestos excepcionales", una especie de "derecho del penado a elegir, modificar o variar las condiciones del cumplimiento de los beneficios concedidos para evitar la efectiva ejecución material de la pena de prisión".


En aquellas fechas el TSJA recordó que es imposible suspender la ejecución de las penas impuestas a Pardo, ya que, según el Código Penal, la suma de las penas impuestas no puede ser superior a los dos años de privación de libertad. Además, tuvo en cuenta el "historial delictivo sumamente grave" de Pardo, pese a que sus antecedentes ya se han cancelado, y aseguró que éste "denota peligrosidad y falta de estímulos reinsertadores de las condenas sufridas".

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