El exviceconsejero de Economía pide el archivo porque su imputación

José de Haro entiende que Alaya lo ha imputado basándose en "sospechas" y "conjeturas".

el 31 jul 2014 / 18:50 h.

El exviceconsejero de Economía y Hacienda José de Haro ha solicitado a la Audiencia Provincial de Sevilla que anule su imputación en el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares y decrete el archivo de las actuaciones al entender que la juez Mercedes Alaya lo ha imputado en la causa basándose para ello en "un simple acervo de sospecha nutrido de meras conjeturas". En el recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, la defensa del exalto cargo asevera que el auto de imputación dictado por la juez Mercedes Alaya el 15 de julio "adolece de una evidente falta de motivación, porque anuda hipotéticas conductas indiciarias a funciones inexistentes, trazando un enlace fáctico sobre el mero fermento de un simple acervo de sospecha, nutrido de meras conjeturas que, a más de serlo, han requerido de una ulterior rectificación de la instructora que definitivamente las disuelve". Los abogados del exviceconsejero, José María Mohedano y Jorge Morales, consideran que la magistrada "no era competente" para dictar el auto de imputación, "como implícitamente lo reconoce al dictar la resolución del pasado 25 de julio", en relación a la providencia donde la juez solicitó a la Fiscalía Anticorrupción que se pronunciara sobre qué tribunal es el competente para seguir investigando a los aforados 'preimputados'. "Siendo incompetente el Juzgado, la salvaguarda del derecho de defensa exige que el auto de imputación sea declarado nulo, al desconocerse gravemente el derecho constitucional al juez predeterminado por la Ley, del que ha de gozar mi defendido", aseveran los letrados, que hacen mención también al "sobrevenido y sorpresivo cambio del relato de hechos" que la juez hizo el día de la declaración, cuando retiró la imputación inicial de que al exalto cargo "le correspondería el impulso y coordinación de la política presupuestaria". Por este motivo, el auto de imputación del 15 de julio "ha quedado vacío de contenido, sin que por la instructora se haya procedido formalmente a su anulación, que ahora se insta, como remedio procesal subsidiario", dice la defensa, que también pone de manifiesto que en el auto recurrido "no se hace mención alguna de ningún delito previsto en el Código Penal", lo cual "contrasta con la totalidad de los autos de imputación y declaraciones de imputados que obran en la causa, donde opera una expresa y nítida atribución de tipos penales concretos". "LA PRUEBA DEL 9" Al hilo, la defensa señala que, en su declaración judicial de este miércoles, la juez "cae en la cuenta de su yerro y, en vez de enmendar la imputación, desimputando al imputado, en su lugar suple, retira y enmienda buena parte de las imputaciones", de manera que "con su rectificación, la juez pulveriza las funciones, palmariamente erróneas, que le atribuía" como secretario general de Hacienda y con ello "las conductas que, de manera especulativa o trunca, le imputaba". Tras indicar que ello "es el índice más evidente --la prueba del 9, si se nos permite el castigo adagio-- del sinsentido de una imputación, postrera, errónea, deslavazada y evanescente", los letrados de De Haro subrayan que la juez, en la declaración de este miércoles, "lejos de mantener el relato" de hechos incluido en el auto de imputación, "lo sustituye y reemplaza sin ambages por un novado relato, en el que se desvanece la atribución errónea de ciertas funciones". La defensa añade que, durante su etapa como secretario general de Hacienda, a José de Haro "no le correspondió el impulso y la coordinación de la política presupuestaria ni tuvo la Secretaría General de Hacienda adscrita la Intervención General de la Junta", por lo que "no procede atribuirle participación en el uso de las transferencias de financiación en el programa 31.L en el proceso de elaboración del presupuesto ni conocimiento en falseamiento alguno del presupuesto de IDEA". LAS TRANSFERENCIAS DE FINANCIACIÓN El recurso explica que el exalto cargo fue nombrado viceconsejero el 27 de abril de 2009, participando en la elaboración del presupuesto de 2010, aunque en dicho presupuesto, "como señala el auto, desaparecieron de los estados de gastos del programa 31.L las transferencias de financiación", empleándose "una aplicación presupuestaria más acorde con la encomienda de gestión". "Por tanto, aunque se mantenga en la memoria del presupuesto de la Consejería de Empleo la referencia a las transferencias de financiación, esto es en principio poco relevante, estando en el estado de gastos en una aplicación diferente que es más acorde con la encomienda de gestión", sostienen los letrados, que por todos estos motivos piden a la Audiencia que anule el auto de imputación y decrete el sobreseimiento libre de su patrocinado.

  • 1