El Gobierno central ha argumentado su recurso ante el Tribunal Constitucional contra la ley de función social de la vivienda de la Junta de Andalucía en el hecho de que esta norma "pone en verdadero peligro la reestructuración del sistema financiero y la consecución de la estabilidad de las entidades de crédito como herramienta fundamental para conseguir una reducción de la prima de riesgo de España y de comenzar la senda de crecimiento económico". En el recurso, consultado por Europa Press, además de desarrollar otros motivos de inconstitucionalidad de la norma andaluza, como la vulneración de competencias estatales, el Gobierno sostiene, en sus fundamentos de derecho, que "no cabe duda de que las medidas adoptadas por Andalucía a través de los preceptos impugnados comprometen gravemente todo el proceso de reestructuración del sector financiero español". Asimismo, alude que de esta manera "lo ha entendido la Comisión Europea, que a través de la Dirección General de Asuntos Económicos y Financieros ha remitido al Ministerio de Economía y Competitividad una carta en la que señala su preocupación por la 'inseguridad' que generan las medidas andaluzas en el sector inmobiliario e hipotecario español, con 'un consiguiente incremento en la prima de riesgo y en la demanda de activos inmobiliarios españoles'". El recurso indica que la carta de la CE agrega que ello provocará "una reducción en el valor de activos inmobiliarios con las repercusiones en el balance y en las necesidades de provisión de las entidades de crédito", lo que afectará al "flujo de crédito a la economía y habrá de presentar específicos retos para la Sareb, que tendrá grandes dificultades para llevar a cabo su mandato en materia de gestión de activos", apunta el Gobierno aludiendo a la carta de la CE. El recurso indica, sobre el mecanismo expropiatorio previsto en la ley andaluza, relativo a la expropiación temporal del uso de la vivienda, que ello "redunda en una absoluta pérdida de valor de la cartera traspasada a Sareb; ningún inversor comprará carteras de vivienda en Andalucía cuando una norma con rango de ley permite al ulterior adquirente permanecer en ella por un plazo de hasta tres años sin satisfacer renta alguna al propietario, lo que convierte en inviable la venta del inmueble". Agrega que "además "difícilmente el eventual adquirente podrá obtener financiación cuando bajo esta normativa la entidad de crédito se ve expuesta no solo al impago sino también al riesgo de no poder liberar su balance del activo durante tres años por existir ese derecho de uso que con toda probabilidad imposibilitaría cualquier transmisión". También en los fundamentos de derecho, el recurso cita cuatro informes del Banco de España, así como el Memorando de Entendimiento (MOU) que fija las condiciones del rescate financiero a España, para concluir sosteniendo que el MoU "obliga a las autoridades españolas a consultar ex ante a la Comisión Europea, al Banco Central Europeo y a solicitar asesoramiento técnico del FMI sobre cualquier política no incluida en el MoU que pueda tener un impacto material en la consecución de los objetivos del programa". El recurso también expone que de ceder el derecho "a favor de su función social, desaparecería la propiedad privada para convertirse en propiedad pública".