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El Gobierno facilita aún más el despido del personal laboral vía ERE con 20 días

El Ejecutivo cambia de criterio y abre la puerta a este procedimiento colectivo si un organismo ve reducido su presupuesto en un 5%.

el 30 oct 2012 / 20:23 h.

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Las empresas públicas que quieran despedir a más de 50 traajadores deberán incluir un plan de recolocación.

Los entes, organismos y entidades públicas podrán acogerse al procedimiento de despido colectivo (ERE) por causas económicas -con indemnizaciones de 20 días por año y un máximo de una anualidad- para desprenderse de personal laboral si la Administración Pública de la que forman parte hubiera tenido déficit presupuestario en el ejercicio anterior y si el crédito presupuestario se hubiera reducido un 5% en el ejercicio en curso o un 7% en los dos años anteriores.

A estos efectos, se tendrán en cuenta tanto las reducciones en el presupuesto inicial como las realizadas en fase de ejecución presupuestaria, según consta en el reglamento de los procedimientos de despido colectivo, suspensión de contratos y reducción de jornada aprobado el pasado viernes en el Consejo de Ministros y publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El reglamento, ya en vigor, describe los pasos a seguir cuando las empresas privadas quieran hacer ERE de extinción (despidos colectivos), de suspensión y de reducción de jornada, y regula además el procedimiento que deberá utilizar el sector público en estos mismos casos y solo con efectos sobre su personal laboral, colectivo que engloba a unos 700.000 trabajadores.

En cuanto a los ERE del sector público, se especifica que se entenderán que concurren causas económicas cuando se produzca una situación de insuficiencia presupuestaria "sobrevenida y persistente" para la financiación de los servicios públicos, esto es, si se alarga durante tres trimestres consecutivos. Se precisa, no obstante, que se entenderá que existe insuficiencia presupuestaria cuando se den las siguientes circunstancias: que la Administración Pública en la que se integra el departamento, órgano, ente, organismo o entidad hubiera presentado una situación de déficit presupuestario en el ejercicio anterior y "que los créditos del departamento o las transferencias, aportaciones patrimoniales al mismo o sus créditos se hayan minorado en un 5% en el ejercicio corriente o en un 7% en los dos ejercicios anteriores".

Se podrá iniciar un procedimiento de despido colectivo en el supuesto en el que, en un periodo de 90 días, el despido colectivo afecte al menos a diez trabajadores en aquellos departamentos ministeriales, entes y organismos dependientes de la Administración General del Estado, consejerías de las comunidades autónomas o entes vinculados a las mismas y entidades de la Administración Local que ocupen a menos de 100 trabajadores.

También se podrá hacer despido colectivo si los afectados son el 10% de los laborales de una plantilla compuesta por entre 100 y 300 trabajadores o si el número de afectados es de 30 trabajadores en una plantilla de más de 300. El personal laboral fijo que hubiera adquirido esta condición tras un proceso selectivo tendrá prioridad de permanencia.
Las empresas públicas (también las privadas) que pretendan un despido colectivo de más de 50 trabajadores deberán incluir en la documentación inicial un plan de recolocación externa para los afectados por el ERE. En el caso del sector público, dicho plan será elaborado por el servicio público de empleo y en el caso de las empresas privadas, por empresas de recolocación autorizadas.

El sindicato mayoritario de funcionarios CSI-F mostró su rechazo ante el reglamento, que abre aún más la puerta a los ERE en la Administración, y avanzó que "combatirá" por la vía judicial todos los despidos que se produzcan en el ámbito público. "Una vez más, el Gobierno vuelve a cargar sobre los empleados públicos las medidas de sacrificio en la salida de la crisis", aseguró.

Desde UGT se valoró que el reglamento es "peor" de lo esperado, dado que en la anterior versión se consideraba como causa de despido colectivo en las administraciones públicas la reducción del 10% anual de las transferencias y ahora este requisito se rebaja al 5% y criticó que el Gobierno haya aprobado "rápidamente" la norma, "una vez pasadas las elecciones de Galicia y del País Vasco".

El secretario general de CCOO, Ignacio Fernández Toxo, consideró que la posibilidad de que las administraciones públicas recurran a despidos colectivos para el personal laboral consolida "una situación tremendamente preocupante" y "justifica aún menos la actitud de algún sindicato de función pública que, tal vez pensando solo en los más próximos, ha decidido no secundar la huelga", en alusión a CSIF.

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