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El Gobierno recurre al Supremo el fallo del TSJA contra Ciudadanía

La Abogacía del Estado siguió los pasos de la Fiscalía de Sevilla al recurrir ante el Supremo el auto del TSJA que anula parte de los contenidos de Educación para la Ciudadanía. Foto: Javier Cuesta.

el 15 sep 2009 / 04:44 h.

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La Abogacía del Estado siguió ayer los pasos de la Fiscalía de Sevilla al recurrir ante el Supremo, como anunció, el auto del TSJA que anula parte de los contenidos de Educación para la Ciudadanía. Considera todo el temario de la asignatura constitucional y se opone a la cuestión de legalidad que plantea el TSJA.

El TSJA anuló los contenidos de la norma andaluza que desarrolla la asignatura referentes a la ideología de género, la homosexualidad y las opciones vitales puesto que esta anulación podría afectar al desarrollo estatal de Ciudadanía, planteó una cuestión de legalidad al Supremo para que resuelva sobre los decretos nacionales que establecen los contenidos de la materia. La Abogacía del Estado considera improcedente esta cuestión de legalidad en una sentencia referida a una norma autonómica porque "se abre el camino para anular, por esta vía, la norma estatal".

El recurso, que la Abogacía anunció ayer al TSJA y en los próximos días será desarrollado ante el Supremo por sus servicios jurídicos centrales, considera que todos los contenidos de la asignatura son constitucionales, por lo que pide al Supremo que revoque la sentencia del Alto Tribunal andaluz que anuló los contenidos por considerar que vulneran derechos fundamentales de los padres porque "violenta la libertad ideológica y religiosa de las personas y al mismo tiempo el pluralismo político".

El próximo jueves concluye el plazo para recurrir la polémica sentencia de la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA, dictada el pasado 30 de abril con los votos particulares en contra de dos de los cinco magistrados que componen el pleno de esta sala.

Antecedente de la Fiscalía. Además de la Abogacía del Estado, también ha recurrido el fallo la Fiscalía de Sevilla, que considera que el mismo "no aporta en su sentencia argumentación motivada que ponga en conexión la declaración de nulidad" de las órdenes de la Consejería andaluza de Educación que desarrollan la asignatura "con los derechos fundamentales que eran invocados por el recurrente".

El recurso de la Fiscalía de Sevilla, firmado por la fiscal jefe María José Segarra, sostiene que la sentencia del TSJA se basa en una valoración de "eventuales vulneraciones en abstracto de derechos fundamentales, pero sin haber incluido motivación alguna que haya puesto en conexión las alegadas vulneraciones con los derechos fundamentales" del padre recurrente.

La fiscal recuerda que "el recurrente matriculó a sus hijos en un centro privado que posee ideario católico, lo que implica que la asignatura cuestionada pueda ser impartida de acuerdo con dicho ideario". Además considera que el fallo del TSJA vulnera el artículo 14 de la Constitución española, que consagra el principio de igualdad ante la ley y de no discriminación, y también están "vulnerados por errónea interpretación y aplicación" la jurisprudencia relacionada con los artículos constitucionales que reconocen los derechos fundamentales a la libertad ideológica y religiosa y de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

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