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El juez absuelve al propietario de una cabaña ilegal de Castilblanco

Los dueños de una cabaña de madera en una urbanización ilegal de Castilblanco de los Arroyos han sido absueltos de un delito urbanístico por la "pasividad" del Ayuntamiento ante esos comportamientos y las "costumbres relajadas" que imperaban en la zona en cuanto a construcciones.

el 15 sep 2009 / 23:03 h.

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Los dueños de una cabaña de madera en una urbanización ilegal de Castilblanco de los Arroyos han sido absueltos de un delito urbanístico por la "pasividad" del Ayuntamiento ante esos comportamientos y las "costumbres relajadas" que imperaban en la zona en cuanto a construcciones.

El juzgado penal 11 de Sevilla, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, absuelve al matrimonio integrado por A.S.A. y E.B.G., para quienes el fiscal había pedido un año de cárcel, multa de 4.500 euros y la demolición a su costa de la construcción.

Según la sentencia, el matrimonio compró la parcela e instaló en ella una cabaña de madera, una caseta destinada a trastero y una piscina de poliéster, en la que tomaban la luz mediante un enganche con la parcela colindante y el agua de un pozo instalado en la caseta.

El juez considera demostrado que se trata de una zona no urbanizable donde se hizo una parcelación irregular y donde el matrimonio construyó sin licencia, pero les absuelve por la "pasividad evidente" que el Ayuntamiento mantuvo durante años hacia la urbanización, donde existen cientos casos similares.

Esa actitud municipal "ha determinado el estado de cosas actual en aquel paraje", lo que hace suponer que el Consistorio deberá abordar planes para "subsanar la situación generada, que por su envergadura difícilmente puede acometerse por la vía de la sanción penal a la totalidad de los particulares asentados en aquel lugar al amparo de aquella pasividad", dice el juez.

Por estos mismos hechos, el ex alcalde de la localidad Manuel Ruiz Lucas (Nueva Izquierda) se enfrenta a una petición de la Fiscalía de 12 años de inhabilitación para cargo público y multa de 14.400 euros, en un juicio que se celebrará en los próximos meses.

En la sentencia el juez dice que el arquitecto municipal certificó que existe un plan de urbanización "en el que se establece una zona de regulación de parcelas en la que está ubicada la que es propiedad de los acusados".

Desigual. Curiosamente, el pasado día 10, el juzgado de lo penal número 13 de Sevilla condenaba a D.H.H., dueño de otra cabaña de madera en la urbanización Las Minas de Castilblanco, a un año de cárcel y a pagar una multa de 2.700 euros por levantar la casa en una parcela catalogada como suelo rústico. Se trataba de la primera ocasión en que se consideraba a las casas de madera como edificaciones con vocación de permanencia.

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