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El juez Serrano amplió la custodia del menor sólo por un email

La Fiscalía denuncia que silenció a los padres y basó su auto en un correo electrónico.

el 18 jul 2011 / 15:29 h.

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La Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía asegura que la decisión del juez Francisco Serrano de ampliar el turno de custodia de un niño de 11 años durante la Semana Santa de 2010 se basó sólo en un supuesto correo electrónico enviado al padre por parte de la madre del menor. Según el TSJA, la conducta del magistrado, por la que se ha solicitado su inhabilitación durante diez años y el pago de una multa de 5.400 euros por un delito de prevaricación dolosa, se tomó sin escuchar a las partes y usando como base un email remitido al padre en el que se ponían “obstáculos” para que el menor participara como paje en la Hermandad del Silencio.

El escrito de acusación de la fiscal se refiere al auto dictado en enero de 2010 por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer, en el que acordaba que el menor permaneciera con su padre desde el Viernes de Dolores hasta el Miércoles Santo, mientras que desde ese día y hasta el Domingo de Resurrección debía hacer lo propio con su madre. El mismo escrito recuerda que, en 2009, el menor realizó la salida procesional “hallándose conformes ambos progenitores, y sin ningún tipo de dificultades ni incidencias”.

Tras ello, el Viernes de Dolores de 2010, “y al parecer como respuesta a una solicitud efectuada por vía telefónica”, la abogada de la madre dirigió un email al letrado del padre “en el que se exige que se le informe exacta, documental, formal y expresamente de una serie de datos relacionados con la salida de su hijo en la Hermandad del Silencio”. Un email “que fue interpretado por el padre como indicativo de las dificultades que la madre va a poner a la salida procesional del menor, cuando no como negativa a la misma”, por lo que “fue contestado en términos explicativos y un tanto irónicos con otro email”, remitido el Lunes Santo.

Ante esta situación, el juez Serrano citó al menor el Martes Santo para conocer su parecer. En dicha comparecencia, relató que “no entiende cómo ahora una abogada de su madre le ha dirigido un escrito a su padre poniendo todo tipo de problemas y obstáculos para poder salir”. La fiscal esgrime su extrañeza porque “no se exige por el magistrado a los solicitantes la exhibición del email en el que se supone constan los obstáculos opuestos por la madre, ni realiza ninguna gestión para conocer de primera mano el contenido del citado documento”, agregando que el magistrado “decidió resolver la cuestión sin oír a ninguno de los padres del menor”, a pesar de que el padre estaba en los aledaños del juzgado y la madre “podría haber sido citada de urgencia”.

La fiscal dice que el juez prolongó la estancia del menor con su padre sin que fuera notificado a la madre el mismo día, sino por un correo certificado no urgente con acuse de recibo que llegó “después de que el menor ya hubiera sido entregado a la madre”. De esta forma, la madre “no supo nada de su hijo desde las 14.00 horas del 31 de marzo hasta las 11.00 horas del 2 de abril, y no conoció oficialmente las razones del retraso hasta que retiró la copia del auto”.

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