El Pleno del Ayuntamiento de Dos Hermanas (Sevilla) ha aprobado este viernes, de manera inicial, una ordenanza municipal que permitirá, en algunos casos, la ejecución alternativa de sanciones económicas mediante trabajos en beneficio de la comunidad, proyecto que ahora pasará a fase de exposición pública.
Según han informado a Europa Press fuentes municipales, la ejecución de la norma se prevé sólo para personas en situación económica precaria que hayan cometido infracciones leves, quedando excluidos de su ámbito de aplicación las puniciones tributarias, urbanísticas y de tráfico consideradas como graves o muy graves; las personas jurídicas; y los reincidentes en los doce meses anteriores a la fecha del acto multado y para el que se solicita la sustitución.
El Consistorio nazareno ha redactado esta nueva normativa acogiéndose a la potestad sancionadora recogida en el artículo 139 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, sin que ello sea óbice para que la administración local pueda reclamar al responsable el importe de los daños ocasionados por las actividades infractoras.
Así, según el texto de la ordenanza, al que ha tenido acceso Europa Press, se prevé la prestación de cooperación personal no retribuida en determinadas actividades de utilidad pública, con interés social y valor educativo, tendente a servir de reparación para la comunidad perjudicada por el ilícito administrativo y no supeditada al logro de intereses económicos.
A modo orientativo, esta labor se podría desarrollar en las áreas de Medio Ambiente, Deportes, Bienestar Social, Juventud, Cultura, los servicios municipales de limpieza pública, mantenimiento y reparación del mobiliario urbano, señalización o cualquier otra actividad análoga a éstas.
La ordenanza sólo será de aplicación con respecto de aquellas personas físicas menores de edad o mayores en situación legal de desempleo que lo acrediten fehacientemente en el momento de solicitar la conmutación de la sanción pecuniaria y que consientan en esta fórmula.
Los trabajos serán voluntarios y alternativos, sin que se puedan imponer sin la conformidad expresa de la persona sancionada, que no podrá mantener relación laboral con el Ayuntamiento. La reparación económica de los daños materiales ocasionados será compatible con la multa, compensada por jornadas de servicios a la comunidad. Por último, la jornada no podrá exceder de cuatro horas diarias si el menor no alcanza los 16 años, ni de ocho si es mayor de esta edad, mientras que la ejecución se realizará en un plazo inferior a tres meses desde la aceptación.