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El SAS paga 144.151 euros por no reconocer un infarto

Acudió a un centro de salud con dolor en el pecho y le hicieron un electro que desveló alteraciones pero le recetaron un ibuprofeno. Horas más tarde murió en su casa. La Junta reconoce el "error de diagnóstico" y la familia recibirá al menos una reparación moral en forma de 144.151 euros.

el 16 sep 2009 / 03:42 h.

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Acudió a un centro de salud con dolor en el pecho y le hicieron un electro que desveló alteraciones pero le recetaron un ibuprofeno. Horas más tarde murió en su casa. La Junta reconoce el "error de diagnóstico" y la familia recibirá al menos una reparación moral en forma de 144.151 euros.

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ya ha procedido al pago de la indemnización al reconocer que "se produjo un error de diagnóstico en la asistencia del centro de salud", según informó ayer el Defensor del Paciente, cuyos servicios jurídicos defendieron a la familia del enfermo.

Los hechos se remontan al 3 de marzo de 2007, cuando G.J.C., de 59 años, acudió a un centro de salud de Almería por presentar un dolor precordial y malestar general. Una vez allí "se le practicó un electrocardiograma y se le dio de alta recetándole ibuprofeno y cloperastina, entendiendo que no tenía más que un dolor muscular".

Pese a este tratamiento el paciente falleció en su domicilio "unas horas más tarde". Fue su hija quien encontró el cuerpo y avisó a los servicios de urgencias, "que certificaron la muerte por infarto agudo de miocardio".

La familia del fallecido, que se apoyó en el oportuno informe del especialista en cardiología, reclamó por la asistencia médica recibida al entender que en la misma se "infringieron" los protocolos de manejo del paciente con dolor torácico para descartar un síndrome coronario agudo en la consulta previa en el centro de salud.

Así, sostienen que en dicha consulta "no se hizo una anamnesis, ni exploración, ni se tomaron las constantes vitales" y pese a que el electrocardiograma que se le realizó "ya manifestaba alteraciones de la repolarización, sugestivas de posible daño miocárdico".

El dictamen del facultativo del SAS informó, tras diversas consideraciones, que en el caso analizado hubo efectivamente un error de diagnóstico.

Tras contestar a la demanda, y antes de proceder a la práctica de prueba, el Servicio Andaluz de Salud, mediante resolución de 12 de marzo de 2009, estima la reclamación, lo que ha dado lugar al pago de la indemnización citada. Por todo ello, se produce la satisfacción de lo reclamado en el procedimiento ordinario 133/08 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 8 de Sevilla.

La defensa de la familia del fallecido, ha sido tramitada por el letrado Ignacio Martínez, especialista en derecho sanitario y adscrito a los servicios jurídicos de El Defensor del Paciente.

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