Economía

El Supremo avala el pago de tasas locales por los cajeros

El Tribunal Supremo ha dado vía libre a los municipios para cobrar a bancos y cajas por el uso que los cajeros automáticos hacen de los espacios públicos, contrariamente a lo defendido por la patronal de las cajas, la CECA, aunque ya hay ayuntamientos, como el de Sevilla, que cobran estas tasas.

el 16 sep 2009 / 01:12 h.

El Tribunal Supremo ha dado vía libre a los municipios para cobrar a bancos y cajas por el uso que los cajeros automáticos hacen de los espacios públicos, contrariamente a lo defendido por la patronal de las cajas, la CECA, aunque ya hay ayuntamientos, como el de Sevilla, que cobran estas tasas.

En una sentencia del pasado 11 de febrero, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha reconocido la legitimidad del Ayuntamiento de Palma de Mallorca para poder cobrar una tasa municipal a los cajeros automáticos instalados en las fachadas de las entidades financieras.

Gracias al fallo judicial, el Consistorio seguirá cobrando un máximo de 510 euros y un mínimo de 340 euros anuales, según la categoría de la calle en la que se encuentran los cajeros que se utilizan desde la vía pública. De esta manera, la sentencia desestima el recurso de casación que interpuso la CECA.

Según considera el fallo, los cajeros automáticos "constituyen auténticas oficinas de urgencia de las entidades financieras" que ofrecen servicios de forma continua y obtienen el consiguiente provecho económico. Por ello, considera que la mayor intensidad en el uso del espacio público proporciona a las entidades un beneficio específico y exclusivo que podrá ser gravado con tasas locales.

La sentencia sienta así jurisprudencia para otros procesos abiertos entre entidades bancarias y algunos ayuntamientos, como Móstoles, que aplica una tarifa anual de 532 euros o Murcia, que la sitúa en 90 euros por cajero y año.

En Sevilla, ya se aplica esta tasa, recogida en la ordenanza fiscal por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local con quioscos, mesas y sillas, elementos publicitarios, rodajes y cajeros. Las entidades con cajeros en sus fachadas pagarán este año una tasa semestral que varía en función del tipo de calle en la que se ubique.

Así, en una vía de primera categoría pagarán 1.115 euros al año por cajero, en una de segunda y tercera categoría 945 euros, mientras que si es de cuarta o quinta, 525 euros.

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