Local

El Supremo condena a 10 y 8 años a los padres que se intercambiaron a sus hijas para violarlas

Rechaza los recursos de los imputados y confirma el fallo dictado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial.

el 19 feb 2014 / 14:15 h.

TAGS:

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia de la  Audiencia Provincial de Sevilla que condenó a diez y ocho años de  cárcel, respectivamente, a los dos padres, cuñados entre sí, acusados  de intercambiarse a sus hijas de seis y siete años de edad y abusar  sexualmente de ellas en una vivienda de Los Pajaritos. Fuentes del caso han informado a Europa Press de que, en una  sentencia notificada esta semana a las partes, la Sala de lo Penal  del Tribunal Supremo rechaza los recursos de los imputados y confirma  el fallo dictado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de  Sevilla. La Audiencia condenó a uno de los acusados, identificado como  A.M.M., a diez años de cárcel y al pago de 20.000 euros de  indemnización por un delito continuado de abuso sexual con acceso  carnal, mientras que lo absolvió de un delito del mismo tipo pero en  este caso en comisión por omisión, por el que la Fiscalía pidió 10  años. En la sentencia, de 50 páginas, la Audiencia condenó al segundo de  los imputados, J.M.P., a ocho años de cárcel y 20.000 euros de  indemnización por un delito de abuso sexual con acceso carnal al  estimar que el delito no es continuado, absolviéndolo igualmente del  delito de abuso sexual en comisión por omisión del que el Ministerio  Público lo acusó en el juicio. De este modo, la Audiencia consideró probado que los dos acusados  abusaron sexualmente de sus sobrinas, en uno de los casos de modo  continuado en el tiempo, pero no vio probado que fueran conscientes y  permitieran expresamente que se abusara de sus hijas. Asimismo, la Audiencia Provincial absolvió a las parejas de los  acusados y madres de las niñas, para las que el Ministerio Público  solicitó un año de cárcel a cuenta de sendos presuntos delitos de  corrupción de menores y abandono de familia, han explicado las  fuentes consultadas por Europa Press. RECURSO ANTE EL SUPREMO En el juicio celebrado en mayo de 2013, la acusación ejercida por  la Junta de Andalucía pidió para cada una de las madres acusadas diez  años de cárcel por un presunto delito de abusos sexuales con acceso  carnal en comisión por omisión, ya que consideraba que "conocieron"  los hechos y aún así "los admitieron". El abogado del principal condenado recurrió la sentencia ante el  Tribunal Supremo por las "contradicciones" en las que, a su juicio,  incurrieron las víctimas en sus declaraciones y al entender que se  había vulnerado el principio de presunción de inocencia de su  cliente. En el juicio, los dos acusados negaron los hechos y aseveraron que  "ignoran lo que ha podido pasar" con las menores de edad, mientras  que las madres de las niñas dijeron ante el tribunal que "desconocen  que se hayan producido" dichos abusos sexuales. INTENTO DE ACUERDO En la vista oral comparecieron también las dos menores que  presuntamente sufrieron los abusos, cuya tutela tiene la Junta y  quienes ratificaron los abusos sexuales, aunque según abogados de las  defensas presentes en la declaración "incurrieron en sucesivas  contradicciones sobre las personas que habrían abusado de ellas". Antes de comenzar el juicio, las acusaciones y las defensas  intentaron llegar a un acuerdo de conformidad, dentro del cual, y  únicamente respecto a los padres, la Fiscalía propuso rebajar de 20 a  10 años su petición de cárcel, pero los dos acusados rechazaron la  propuesta porque la misma "significaría reconocer unos hechos que no  reconocen de ninguna de las maneras". Hay que recordar que los dos padres fueron imputados juntos a sus  respectivas mujeres, R.M.R. y M.B.M., un tío de las menores y un  vecino, aunque finalmente la Fiscalía y la Junta sólo dirigieron la  acusación contra los cuatro primeros. LOS HECHOS Según el Ministerio Público, los hechos tuvieron lugar entre 2007  y mayo de 2008, cuando ambos acusados, "aprovechando" que todos  convivían en la misma vivienda y contando con el "consentimiento" del  padre y la "pasividad" de la madre, aprovecharon para mantener  relaciones sexuales con sus respectivas sobrinas. En el caso de A.M.M., la Fiscalía sostiene que los presuntos  abusos se cometieron tanto en la vivienda referida como en casa de  los abuelos maternos "donde el procesado visitaba a su sobrina". Según la Fiscalía, las dos madres acusadas, aunque "no eran  conscientes" de lo que estaba sucediendo, "se desatendieron de sus  deberes relativos a la patria potestad" y "dejaron solas" a sus hijas  "en numerosas ocasiones", ya que "abandonaban" la vivienda "para  satisfacer sus deseos y placeres, propiciando con su actitud el clima  idóneo" para que se produjeran los hechos descritos.

  • 1