Economía

El Supremo dicta igualdad de contratos a través de ETT

El Tribunal Supremo ha establecido que el personal contratado a través de empresas de trabajo temporal (ETT) tiene derecho a percibir "la totalidad de las retribuciones que perciban los trabajadores de la empresa usuaria, en las mismas condiciones y circunstancias que éstos".

el 15 sep 2009 / 23:39 h.

El Tribunal Supremo ha establecido que el personal contratado a través de empresas de trabajo temporal (ETT) tiene derecho a percibir "la totalidad de las retribuciones que perciban los trabajadores de la empresa usuaria, en las mismas condiciones y circunstancias que éstos".

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo estimó un recurso interpuesto por CCOO que unifica la doctrina existente sobre las retribuciones para los contratos gestionados a través de las ETT. El alto tribunal recuerda que la mano de obra de las ETT debe ser "efectivamente un medio para atender a necesidades temporales de la empresa usuaria, y no, como venía sucediendo en la práctica laboral anterior a la Ley 29/1999, un medio de reducir costes salariales".

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