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El Supremo ratifica los 18 años de prisión para el acusado de matar a un joven en la Feria de 2009

Está acusado de apuñalar mortalmente con un cuchillo jamonero y de manera "vil" durante la Feria de Abril de 2009.

el 06 may 2013 / 18:00 h.

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El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de 18 años de cárcel y el pago de una indemnización de 612.000 euros impuesta por la Audiencia Provincial de Sevilla a Jesús E.C., el joven acusado de apuñalar mortalmente con un cuchillo jamonero y de manera "vil" durante la Feria de Abril de 2009 a un joven identificado como Juan Fernando Martínez Sánchez. En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Penal rechaza el recurso presentado por Jesús E.C. y también el recurso interpuesto por Martín S.B., que fue condenado a nueve meses de cárcel por un delito de riña tumultuaria y al pago de una multa de 400 euros por una falta de hurto en grado de tentativa en relación a la sustracción de la chaqueta que desencadenó la pelea posterior en la que se produjo el crimen. Hay que recordar que la Sección Séptima de la Audiencia Provincial también condenó por estos hechos a un tercer joven, Juan Antonio L.V., a quien impuso nueve meses de prisión por el delito de riña tumultuaria y otros nueve meses y el pago de 400 euros por un delito de resistencia a agente de la autoridad en concurso con una falta de lesiones. No obstante, el abogado de este condenado no recurrió el fallo. El principal condenado recurrió alegando, en primer lugar, vulneración de su derecho a la presunción de inocencia, pues los testigos que en su día fueron coimputados "mintieron en el juicio oral", y a ello se suma que de las actuaciones se desprende que en el crimen "intervino otro de los acusados", en concreto Juan Antonio L.V., "que era el inicialmente imputado como autor del hecho y cuya imputación se abandonó para dirigir la sospecha contra" el recurrente. El Supremo rechaza este motivo y asevera que la Audiencia ha tenido en cuenta que el recurrente "admitió su participación en los hechos ante varios testigos que le oyeron decir que se le había ido de las manos, y que le había dado una puñalada", testigos que declararon que, seguidamente, se deshizo de una camisa y del mango del cuchillo, según la sentencia consultada por Europa Press. A ello se suma que el acusado "solicitó" a otro joven el teléfono móvil, "con el que hizo llamadas telefónicas" en las que "indagaba lo que había ocurrido, admitiendo su participación en el hecho, según han manifestado varios interlocutores". "Se trata de amigos que en su día fueron detenidos por su relación con los hechos y respecto a los que se les retiró la imputación; son amigos y su testimonio es reiterado y tiene un sentido incriminatorio del hecho", subraya. LA ROTURA DEL CUCHILLO Además, la Audiencia Provincial tuvo en cuenta que estos testigos "refieren el episodio de la rotura del cuchillo, lo que sólo podían saber si estuvieron presentes en la misma o recibieron la noticia por el propio acusado al tiempo de deshacerse" del mismo, mientras que dos testigos "le vieron tirar por el puente una camisa que estaba manchada de sangre". El principal condenado alegó, igualmente, que, en la grabación de una cámara de un centro cercano "se observa que el autor de la cuchillada llevaba una cazadora y sudadera o similar de color negro u oscuro", mientras que su indumentaria estaba conformada por "una camisa de rayas que entregó a la Policía cuando se la pidió", pero el Supremo le recuerda que uno de los agentes declaró en el juicio que "la ropa que le entregaron en su casa como la que llevaba el día de los hechos no era la que llevaba ese día". "En este caso, no resulta acreditado que fuera con la ropa que dice llevaba y ni siquiera se designa a los testigos que lo afirman", razona. EL SUPREMO APRECIA ALEVOSIA El abogado de Jesús E.C. también alegó que no existió alevosía, pero el Supremo entiende que sí, pues en los hechos probados "se afirma que el recurrente sacó un cuchillo jamonero que tenía escondido, de forma inopinada, con el que propinó a la víctima un golpe sin que nada pudiera hacer por defenderse", por lo que la aplicación de la alevosía "es correcta", ya que "se detalla la utilización de un medio agresivo especialmente vulnerante" y su empleo "es sorpresivo" contra una persona que se acercó al lugar a fin de separar a los contendientes en una reyerta. El principal condenado también recurrió alegando que actuó influido por los efectos del alcohol y de las drogas, pues la Feria es una fiesta "donde lo que se hace es beber y bailar durante todo el día y toda la noche", pero el Supremo dice que "no es imposible inferir que el acusado, como toda persona que acuda a esa fiesta, esté en condiciones de semiimputabilidad, máxime cuando el hecho probado nada dice de esa situación". Respecto al recurso de Martín, el Supremo lo rechaza y resume que la Audiencia Provincial "es clara y precisa" y ya declaró probado que el recurrente "conocía, al tiempo de su participación en la riña, que por parte de miembros de su grupo de amigos se llevaba un cuchillo". Además, rechaza aplicar la eximente incompleta por su adicción a las drogas y el estado de embriaguez que presentaba. LOS HECHOS Según consideró probado la Audiencia, los hechos tuvieron lugar a las 3,15 horas del día 1 de mayo de 2009, cuando Martín cogió de una barandilla un chaquetón, hecho que fue observado por un amigo del dueño de la prenda, por lo que ambos, en compañía de otro joven, "abordaron" al imputado "cuando se reincorporaba a su grupo portando la chaqueta, que ya había registrado, y le exigieron su devolución". Al negarse, el propietario de la prenda "se la arrebató de sus manos, recuperándola", tras lo que, "de inmediato y sin solución de continuidad", se inició una "trifulca" en la que participaron "al menos cinco personas" de cada grupo, entre ellos los otros dos acusados y la víctima, que acudió "al alboroto" al objeto de "separar y apartar a quienes peleaban". De este modo, el fallecido llegó a estar enfrentado con los tres acusados, momento en el que Jesús "sacó un cuchillo jamonero de 27 centímetros de hoja que tenía hasta entonces escondido, con el que de forma inopinada propinó a la víctima un golpe en el pecho sin que nada pudiera hacer para defenderse", cuchillo que fue cogido por Juan Antonio momentos antes de una caseta de la feria y que le "quitó" el principal acusado. Este ataque provocó la muerte "inmediata" de la víctima tras caer al suelo, añade la Audiencia en su sentencia, que precisa que a "resultas del fuerte impacto" contra el cuerpo de la víctima, la hoja del cuchillo se separó del mango, que conservó Jesús "hasta tirarlo poco después desde un puente cercano junto con la prenda que vestía, cuyo cuello quedó manchado de sangre de la víctima".

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