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El Supremo reitera que la biblioteca del Prado es ilegal

Recuerda que la sentencia contraria a su construcción es firme desde hace seis meses.

el 02 ene 2012 / 10:52 h.

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El Tribunal Supremo ha vuelto a desestimar los recursos de casación del Ayuntamiento y la Universidad de Sevilla contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que anulaba los cambios del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) realizados para poder construir la biblioteca universitaria del Prado, y ha recordado que la decisión en contra de su construcción "es firme" desde el 13 de junio de 2011.

El Supremo rechaza los recursos de la Hispalense y el Consistorio contra un fallo previo del TSJA andaluz que, en junio de 2009, falló en favor de la comunidad de propietarios que litigaba contra el proyecto de la biblioteca, diseñada por la arquitecta Zaha Hadid, según recoge una sentencia del 9 de diciembre citada por Europa Press.

El Supremo recuerda que ya dictó una sentencia en junio acordando que no había lugar al recurso de casación contra la anulación por el TSJA de la construcción de la biblioteca del Prado, una decisión "que determina que la presente casación carezca de objeto, pues no tiene sentido volver a examinar los motivos esgrimidos respecto de unas determinaciones contenidas en el plan declaradas ya nulas por decisión judicial, y que han devenido firmes" por esa sentencia de 13 de junio.

El Supremo había ordenado ya la demolición del edificio, en cuyas obras se han invertido cinco millones de euros, en una sentencia que exigía que se restituya a su estado original el parque del Prado. Pero Consistorio y Universidad han seguido recurriendo todas las decisiones judiciales, incluso las anteriores a la sentencia que rechazaba la construcción de la biblioteca en el único pulmón verde que quedaba junto al Casco Histórico, como argumentaban los vecinos.

El Supremo recuerda ahora que, una vez declarados nulos de manera firme los cambios del PGOU que permitieron ubicar la biblioteca en el parque, ha quedado "expulsada" del ordenamiento jurídico la "revisión del Plan General en lo relativo al cambio de calificación" que permitió emplazar de la biblioteca en el Prado de San Sebastián.

"Carece pues de cualquier interés o utilidad real que nos pronunciemos ahora sobre la legalidad o no de una norma urbanística", prosigue la sentencia, porque esa norma "ya ha sido declarada nula por sentencia firme y que, por tanto, ha sido expulsada de nuestro ordenamiento jurídico", indica el Supremo.

El tribunal no ahorra un varapalo al recordar a los recurrentes que "las sentencias firmes, cuando anulan una disposición general, tienen efectos generales desde el día en que sea publicado su fallo", de forma que no hay marcha atrás en esta decisión desde que el fallo se publicó hace ya seis meses, por lo que ni siquiera procede entrar en el fondo de los recursos.

La Universidad asegura que mantiene contactos con el Ayuntamiento para buscar una salida a esta situación, mientras que los vecinos insisten en pedir que la estructura de la biblioteca sea demolida de inmediato.


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