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El Supremo vuelve a anular el traspaso de Guadalquivir

El Alto Tribunal estima el recurso de un funcionario del cuerpo estatal de Ingenieros de Caminos que se negaba a cambiar al cuerpo autonómico andaluz.

el 24 jun 2011 / 19:03 h.

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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha vuelto a declarar nulo, por tercera vez, el decreto de traspasos de funciones y servicios del Estado a Andalucía sobre la gestión del Guadalquivir. Tras estimar los recursos contra este traspaso presentados por los Gobiernos de Extremadura y Castilla La Mancha, el Supremo en este caso ha fallado a favor del presentado por un particular, un funcionario del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.

En la sentencia, a la que accedió Europa Press, el Alto Tribunal reconoce la legitimidad del funcionario para recurrir el decreto puesto que al pasar determinados puestos de trabajo a depender de la Junta, sus expectativas profesionales pueden verse afectadas. Así, señala que se eliminan ciertos puestos reservadas a este cuerpo de ingenieros, "cercenando o limitando" así su derecho a acceder a una de las plazas a las que se refiere el decreto de transferencias.

Además, el Supremo rechaza, como defendían el Abogado del Estado y la Junta, que el recurso de este funcionario hubiera perdido su objeto tras la sentencia del Constitucional que declaró inconstitucional y nulo el artículo 51 del Estatuto de Autonomía que concedía a Andalucía las competencias exclusivas sobre la cuenca. Subraya que el decreto de transferencias no sólo ha dejado de producir efectos sino que debe ser declarado nulo.
Como ocurriera con los recursos de Extremadura y La Mancha, el fallo no afecta a la encomienda de gestión pactada entre el Gobierno y la Junta por seis meses (hasta septiembre) para que Andalucía mantenga temporalmente los recursos y funciones transferidos mientras buscan un modelo definitivo.

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