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El TC avala que las amenazas leves a las mujeres sean también delito

El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado que se consideren delito las amenazas leves a mujeres por parte de sus parejas o ex parejas, y que por tanto puedan ser sancionadas con pena de cárcel, y no una falta, tal y como se definen estas conductas fuera del ámbito de violencia de género.

el 15 sep 2009 / 23:18 h.

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El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado que se consideren delito las amenazas leves a mujeres por parte de sus parejas o ex parejas, y que por tanto puedan ser sancionadas con pena de cárcel, y no una falta, tal y como se definen estas conductas fuera del ámbito de violencia de género.

De esta forma, el TC rechaza la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la titular del juzgado de lo penal número 4 de Murcia en relación con el artículo 171.4 del Código Penal, modificado por la Ley Integral contra la Violencia de Género. Este artículo establece penas de prisión de seis meses a un año o trabajos en beneficio de la comunidad -de 31 a 80 días- a quien "de modo leve amenace a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia". También contempla igual pena en relación con las amenazas leves "a una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor".

Este fallo coincide con el informe del Consejo General del Poder Judicial sobre violencia doméstica y del que se desprende que un total de 121 personas murieron en 2008 víctimas de la violencia doméstica o de género, y de todas ellas, 90 fueron mujeres, es decir, el 74,4%. El estudio resalta el hecho de que en el 40% de los casos tanto el agresor como la víctima tenían una edad inferior a los 36 años, y entre las fallecidas en el pasado año, 15 eran menores de edad (12,4%).

más jóvenes. En un 80% de los casos los órganos judiciales no tenían constancia de la situación de malos tratos previa, según el informe del Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) publicado ayer. También señalaron la tendencia al alza del número de víctimas mortales en las que agresor y/o víctima son extranjeros, con un porcentaje del 40% de los casos, frente al 38,2% de 2007. De las 90 mujeres fallecidas, 75 fueron asesinadas por sus parejas o ex parejas. De ellas, 15 habían denunciado previamente, lo que representa un 20% del total, en contraste con el 36,5% del año anterior. No obstante, la mitad de las denunciantes renunció a seguir con el procedimiento.

El CGPJ explica que en un 63% de los casos las víctimas acudieron a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, frente a un el 3,7% que presentó la denuncia ante órganos judiciales. En 2008 todas las denunciantes fueron mujeres salvo en un caso, en el que el hombre acudió a la justicia y después resultó imputado en el homicidio. En cuanto a la respuesta posterior a la denuncia, el informe revela que transcurren 11,6 días de media desde que la víctima acude a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad hasta que se incoa el procedimiento penal. La mitad del tiempo (una media de 5,9 días) se emplea en diligencias de investigación.

Cuando se trata de los órganos judiciales, el 67% de las denunciantes fueron citadas a comparecer ante un órgano judicial en el mismo día o al siguiente y todas manifestaron sufrir una situación de violencia mantenida en el tiempo. En relación con los 15 casos denunciados, el CGPJ explica que mayoritariamente, se referían a malos tratos familiares (35%) y quebrantamiento de medidas cautelares o condenas (14%). Todas las denunciantes salvo una, manifestaron sufrir una situación de violencia mantenida en el tiempo. En más de la mitad de los procedimientos (54,5%) el Ministerio Fiscal solicitó medidas cautelares.

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