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El TC niega el recurso andaluz contra el temario de Ciudadanía

El Constitucional ha desestimado el recurso de una familia andaluza contra el contenido de la asignatura Educación para la Ciudadanía. El Alto Tribunal entiende que el denunciante no ha razonado por qué la materia vulnera la libertad religiosa.

el 14 ene 2010 / 20:12 h.

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El polémico manual de Educación para la Ciudadanía.

El Tribunal Constitucional (TC) desestimó el pasado 14 de diciembre el recurso de amparo de una familia andaluza contra el contenido de la asignatura Educación para la Ciudadanía (EpC). El denunciante, Miguel Fausto Gómez de Agüero y Gallarza, es el mismo que en 2007 logró que el TSJA anulara algunos contenidos de la materia -sobre la diversidad de género- argumentando que eran ideológicos y vulneraban la libertad ideológica y religiosa de sus hijos. El Supremo tumbó esos argumentos en marzo de 2009, y sentenció que el currículum de EpC, per se, no era ideológico ni adoctrinante. Gómez elevó entonces un recurso de amparo al Constitucional, pero el alto tribunal acaba de desestimarlo porque el denunciante "asegura que la asignatura vulnera la libertad ideológica, pero no lo fundamenta ni da más explicaciones", explicaron ayer fuentes del Constitucional.


El rechazo del tribunal lo firma la Sala II, sección tercera, compuesta por los magistrados Guillermo Jiménez Sánchez, Eugenio Gay Montalvo y Pascual Salas Sánchez. El contenido de la providencia, al que ha tenido acceso El Correo, justifica la no admisión del recurso en que "el recurrente no ha satisfecho la carga consistente en justificar la especial trascendencia constitucional del recurso, que es algo más y distinto a la mera afirmación -sobre cuya verosimilitud nada cabe decir- de que el propio derecho fundamental ha sido violado. Esta omisión impide la admisión a trámite del recurso".


Desde la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en 2007, los que demandan amparo al TC deben "justificar la especial trascendencia constitucional del recurso" (artículo 49.1) y los magistrados tienen libertad para decidir si el tema es de suficiente enjundia como para aceptarlo u obviarlo. En este caso, entendieron que la familia andaluza no ofrecía suficientes razones como para entrar a valorar el tema. Sin embargo, el mismo tribunal ha recibido "una docena más de recursos de otras comunidades que sí justifican" la denuncia contra EpC -vulneración de la libertad religiosa-, aunque por el momento no ha admitido ninguno a trámite.


El portazo del Constitucional a este recurso cierra la última puerta de la batalla judicial contra el currículum de Ciudadanía, aunque aún quedan denuncias por resolver contra algunos libros de texto de la asignatura.


Casi en paralelo, el abogado sevillano Carlos Seco, que representa a 14 familias andaluzas en contra de EpC, explicó ayer a este periódico que también él pidió amparo al Constitucional y fue rechazado. Seco presentó 14 recursos y el TC sólo aceptó tramitar uno por agilidad procesal, porque el fondo de la denuncia era el mismo en todos. El recurso que prosperó fue el de su propia familia -tiene dos hijos que cursan EpC-, aunque el tribunal aseguró ayer que, aparte del que rechazaron a Gómez, no se han pronunciado sobre ningún otro.


Con todo, Seco ha anunciado que recurrirá la decisión del TC ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. Este órgano es la máxima autoridad judicial para la garantía de las libertades fundamentales en Europa, pero sus sentencias no son vinculantes. Legalmente no obligan a España ni al Constitucional a revisar una sentencia, ni respecto a EpC ni sobre la prohibición de colgar crucifijos en las escuelas (en un reciente fallo).


EpC es, desde hace dos años, una materia obligatoria que ahonda en temas de debate muy actuales y que imparten alumnos de 5o de Primaria y 3o y 4o de ESO.

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