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El TS tumba la estrategia de Rajoy y avala el sistema Sitel

El Sitel no es un sistema de escuchas ilegal. Lo dice el Supremo después de que el PP haya puesto en duda el Estado de Derecho.

el 19 nov 2009 / 21:29 h.

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El Tribunal Supremo avaló ayer por tercera vez el sistema de escuchas Sitel, puesto en duda por el Partido Popular a raíz de las investigaciones de la trama Gürtel, en una sentencia en la que rechaza el recurso de dos condenados por narcotráfico y recuerda que en otras resoluciones ya lo ha considerado "preferible a los modos de intervención anteriores a su implantación".

La sentencia se hace pública en plena polémica sobre la legalidad de este sistema. Algunos de los dirigentes del Partido Popular han llegado a calificar el sistema de "inconstitucional e ilegal". De hecho, el último episodio de esa polémica ocurrió el pasado miércoles cuando el ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, mantuvo un tenso debate en el pleno del Congreso con el diputado del PP Carlos Floriano, que pidió la regulación por ley orgánica de Sitel porque "es una intromisión en el derecho a la privacidad de las comunicaciones y en la intimidad de todas las personas".

El ministro respondió recordando que el sistema fue contratado por el Gobierno del PP -concretamente por sus dirigentes Mariano Rajoy y María Dolores de Cospedal, entonces vicepresidente primero del Ejecutivo y ministro del Interior y subsecretaria de Interior, respectivamente- y ligando las críticas del partido de la oposición a las escuchas practicadas por orden judicial en el caso Gürtel.

En la sentencia notificada ayer, el Supremo rechaza el recurso de dos condenados en diciembre de 2008 por narcotráfico por la Audiencia Provincial de Orense, que fueron detenidos junto a una mujer, que fue absuelta, tras seguimientos e intervenciones telefónicas autorizadas judicialmente. Los recurrentes alegaron ante el Alto Tribunal que se había vulnerado el derecho al secreto de las comunicaciones telefónicas al entender que el auto en el que un juez ordenó en 2005 la observación, grabación y escucha de las conversaciones a través de Sitel no estaba motivado. Los condenados afirmaban que dicho sistema es inconstitucional y se quejan de la "deficiencia en el rango normativo regulador de las intervenciones telefónicas en nuestro ordenamiento".

En su respuesta a estas alegaciones, el TS hace un repaso de las últimas resoluciones que ha dictado, entre ellas una del pasado 6 de julio, también sobre narcotráfico, en la que "no sólo no cuestiona" el sistema, "sino que lo considera preferible a los modos de intervención anteriores a su implantación".

Incluso así, el vicesecretario de Comunicación del PP, Esteban González Pons, aseguró ayer que el Supremo "no es el órgano que tiene que avalar" el sistema de escuchas telefónicas Sitel porque "lo tiene que avalar" una ley orgánica. González Pons advirtió, sin embargo, de que no conocía esta decisión del Supremo y e insistió en que Sitel necesita ser regulado mediante una ley orgánica para dejar de ser un sistema de escucha "ilegal".

Por último, recalcado que la Constitución Española garantiza el derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones y que, en su artículo 81, dice que "eso sólo puede limitarse por ley orgánica".

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