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El TSJA absuelve a la madre y rebaja de 20 a 4 años la condena al padre que ahogó a su bebé con papel

el 07 oct 2011 / 13:06 h.

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado  de 20 a 4 años la condena de cárcel para el hombre acusado de matar  en Sevilla en agosto de 2009 a su bebé de 28 días de edad  asfixiándole con un trozo de papel higiénico de 4,5 centímetros de  largo que le introdujo en la boca para que dejara de llorar, mientras  que ha absuelto a la madre, que inicialmente fue condenada por la  Audiencia Provincial de Sevilla a diez años de prisión.  

Fuentes del caso han informado a Europa Press de que, en la  sentencia, la Sala de lo Civil y Penal del Alto Tribunal andaluz  atiende el recurso presentado por el letrado de los acusados, Rubén  C.O. y Esther S.D., quienes fueron enjuiciados el pasado mes de abril  por un jurado popular que consideró a ambos culpables al entender que  el padre, con numerosos antecedentes judiciales, introdujo la bola de  papel en la boca de la menor y luego "empujó" hacia dentro, mientras  que la madre "dilató" la asistencia sanitaria a su hija.  

De este modo, y según han indicado las mismas fuentes, el TSJA  revoca el fallo emitido por la Audiencia Provincial de Sevilla, que  condenó al padre a 20 años de prisión por un delito de asesinato con  alevosía y a la madre a 10 años de cárcel por un delito de homicidio  en comisión por omisión, ya que considera que la prueba "no se ha  interpretado correctamente" por el jurado, señalando en primer lugar  que "no hay ninguna prueba real" de que la muerte se produjera en  torno a las 6,25 horas del 31 de agosto de 2009, lo que "no se puede  demostrar con exactitud".  

Así, pasa a analizar la llamada que los padres realizaron al 061  en torno a las 6,47 horas del día de los hechos, y explican que, tras  la audición de la grabación, queda demostrado que los progenitores  "llamaron angustiados" por lo que estaba pasando "y sobrepasados por  el problema, que no sabían cómo resolver", todo ello en un momento  "en el que creían que la niña estaba viva". Ello contradice lo  aseverado en el veredicto por el jurado, que aseguró que los  procesados llamaron al 061 cuando el bebé estaba ya muerto, tras lo  cual ya sí acudieron al cercano Hospital Virgen Macarena.

NO SE PUEDE DEMOSTRAR LA HORA DE LA MUERTE

Durante la lectura del veredicto en la Audiencia Provincial de  Sevilla, los miembros del jurado consideraron que el padre "empujó"  el papel hacia dentro y que ambos "dilataron" la asistencia sanitaria  a su propia hija. No obstante, el TSJA estima que, "al no poder  demostrarse con exactitud" la hora de la muerte de la menor, "tampoco  se puede demostrar que la niña estuviera muerta en el momento de la  llamada al 061, ni que fueran al hospital sabiendo que ya estaba  muerta".  

En esta línea, y según las fuentes consultadas por Europa Press,  el Alto Tribunal andaluz considera que el padre de la niña "introdujo  la bola de papel" en la boca para que dejara de llorar, "pero todo  ello en la confianza de que, cuando dejara de llorar, podría volver a  quitarle el papel de la boca", aunque "al intentar sacarlo, y en esa  manipulación, introdujo el trozo de papel higiénico hacia dentro y no  pudo extraerlo", por lo que lo condena a cuatro años de prisión por  un delito de homicidio por imprudencia grave, absolviendo asimismo a  la madre.  

El jurado popular que enjuició a la pareja ya consideró probado  que los hechos sucedieron el día 31 de agosto de 2009, cuando la  madre se despertó en torno a las 5,40 horas para darle el pecho al  bebé, lo que se prolongó hasta las 5,50 horas, momento en que el  acusado se levantó para ir a trabajar y le dijo a la acusada que se  acostara y que él se ocuparía de la niña.  

"MORADA"

Tras ello, y al objeto de que la menor de edad se callara y dejara  de llorar, el padre le introdujo un trozo de papel higiénico en la  boca que produjo que la criatura dejara de respirar y se pusiera  "morada", por lo que el procesado dio aviso a la madre, pero, no  obstante, no la llevaron al hospital Virgen Macarena para que fuera  atendida, y que se encuentra ubicado a 200 metros del domicilio, sino  que llamaron al 061 en torno a las 6,47 horas, cuando el bebé estaba  ya muerto y, por último, ya sí acudieron al hospital.  

Durante la lectura del veredicto en la Audiencia Provincial de  Sevilla, los miembros del jurado consideraron que el padre "empujó"  el papel hacia dentro y que ambos "dilataron" la asistencia sanitaria  a su propia hija, todo ello al tiempo que se opusieron a conceder el  indulto a los encartados. Una vez leído el veredicto, el fiscal pidió  para el acusado 20 años de cárcel por un delito de asesinato con  alevosía, mientras que para la madre solicitó 13 años de prisión por  un delito de homicidio en comisión por omisión.

En el juicio, que se prolongó por espacio de cuatro días, el  procesado llegó a admitir que actuó "torpemente" al ponerle a la  menor un trozo de papel higiénico en la boca, pero quiso dejar claro  que su objetivo era taponarle la sangre que tenía en la comisura de  los labios, donde "le había salido una pupita" a consecuencia de la  fiebre causada por una infección de orina que había padecido  recientemente.  

De su lado, la madre del bebé recordó que la noche de los hechos,  sobre las 6,00 horas, estuvo dándole el pecho a su hija por espacio  de diez minutos, y en ese momento el procesado se levantó "y me dijo  que me echara un poco a dormir, y él se quedó con ella". "En ese  momento, yo me acosté y no sé lo que hizo él", según agregó, para a  continuación relatar que, "al rato, me despertó gritando que la niña  se había tragado un papel y me la llevó a la habitación, donde se lo  intenté sacar" sin éxito, momento en el que la niña "estaba viva".

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