En dos autos, a los que accedió Europa Press, da la razón al fiscal, a la Junta y a la Agencia y dicta que el decreto siga en vigor en todas sus disposiciones, incluida la integración del personal laboral de la empresa pública Egmasa en la nueva Agencia.
El TSJA invoca la doctrina del Constitucional y del Supremo sobre los requisitos para que un juez suspenda cautelarmente una norma. "No se ha podido probar, ni siquiera de forma indiciaria, los daños y perjuicios que, según alegan los recurrentes, se producirían de no suspenderse el citado decreto", dicta el TSJA.
Recuerda que el Supremo considera que suspender "la ejecución de una disposición de carácter general ya supone un grave perjuicio del interés público" que solo cabe "en caso de grave daño individual". En este sentido, el TSJA insiste en que "no se concretan perjuicios reales y actuales o las consecuencias directas e inmediatas" sobre los puestos y funciones que desempeñan los funcionarios del ente y niega que se pueda considerar anulada la validez de los Estatutos de la Agencia por haberse anulado el traspaso a la comunidad de las competencias sobre Guadalquivir. En este sentido, recuerda que los trabajadores de la antigua Agencia del Agua, que inicialmente iban a integrarse en el nuevo ente, finalmente fueron incluidos en la Consejería de Medio Ambiente.