El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia que dictó el Juzgado de lo Social nº 8 de Sevilla el pasado mes de noviembre y que anulaba el recorte del 5 por ciento en los salarios de la plantilla de la Orquesta Sinfónica hispalense, en vigor desde el 1 de enero de 2011 tras haber sido aprobado por su consejo de administración en diciembre de 2010.
De esta manera, la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press y ante la que puede presentarse un recurso de casación para la Unificación de Doctrina en un plazo máximo de diez días hábiles, desestima el recurso de suplicación interpuesto a tal efecto por la Orquesta Sinfónica y obliga a la entidad a reponer a los trabajadores en los salarios vigentes a fecha de 31 de diciembre de 2010, una medida que, según ha explicado CCOO en un comunicado, afecta a un total de 117 trabajadores, de los que 95 son músicos.
El fallo reza que la parte impugnante del recuso "sostiene que la demandada no esta comprendida en el ámbito de aplicación del Real Decreto Ley 8/2012 y del Decreto Ley 2/2012, de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que excluyen las sociedades mercantiles del sector público andaluz".
Si bien, según el TSJA, la demandada "no tiene la naturaleza de sociedad mercantil pública y sí de Sociedad Mercantil del Sector Público", ya que tendrán la consideración de sociedades mercantiles del sector público andaluz "aquellas en cuyo capital sea mayoritaria la participación, directa o indirecta, de la Junta, de sus agencias y demás entidades de derecho público" --la Orquesta está participada al 50% por la Junta y el Ayuntamiento de Sevilla--; y se regirán por lo tanto "por la Ley 9/2007, de 22 de octubre, por la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por las disposiciones desarrollo de las mismas; así como por su normativa específica y por las normas de Derecho civil, mercantil y laboral que les resulten de aplicación".
Además, entiende que "hay razón para excluir al personal laboral de la Real Orquesta Sinfónica de Sevilla pues la norma autonómica andaluza condiciona la reducción al acuerdo en negociación colectiva".
"El condicionante legal --prosigue el texto-- no puede ser más claro (art.3.1 del Código Civil) por lo que, siendo hecho probado (y pacífico) que no ha habido acuerdo alguno al respecto, entre la representación de los trabajadores y la empleadora, es claro que no puede la demandada efectuar reducción salarial alguna, pese que se haya efectuado al resto de los empleados públicos autonómicos".
"VICTORIA SINDICAL"
Además, según ha señalado CCOO en un comunicado, la decisión judicial repone definitivamente los salarios vigentes a fecha 31 de diciembre de 2010 y obliga a pagar los atrasos a la plantilla, lo que supone un montante aproximado de 200.000 euros.
Entiende que esta sentencia supone "una victoria sindical clara", al anular una decisión empresarial "tomada unilateralmente y de forma ilegal, que afectó a la negociación colectiva y a las relaciones laborales posteriores de la orquesta".
Y es que, CCOO consideró en su día "inútil y torpe la postura tomada en solitario por el PSOE en el Consejo de Administración de la OSSA, que decidió en diciembre pasado recurrir la sentencia del Juzgado de lo Social, a pesar de que sabían que estaba perdida de antemano y buscando nada más que alargar el conflicto". Ahora, el TSJA ha condenado a la empresa a pagar las costas y los honorarios del letrado de CCOO, unos costes añadidos, "de los que son responsables aquellos que tomaron una decisión tan irresponsable".
De esta manera, el sindicato exige al PSOE respeto para los técnicos y artistas de la Orquesta Sinfónica de Sevilla, y espera que el nuevo Gobierno de la Junta de Andalucía "tome nota de las arbitrariedades del anterior Ejecutivo, rectifique y devuelva a la plantilla sus derechos, que fueron fruto de la negociación colectiva llevada a cabo en su día".