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El TSJA declara "no ajustado a derecho" el ERE de Morón

Ha estimado parcialmente la demanda colectiva contra el despido de 66 trabajadores con indemnizaciones de 20 días de sueldo por año de servicio.

el 11 abr 2014 / 15:00 h.

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BASES ESPAÑOLASLa sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de  Andalucía (TSJA) ha estimado parcialmente la demanda colectiva  promovida contra el expediente de regulación de empleo (ERE)  consumado en septiembre de 2013 por 'Vinnell-Brown & Root Spain'  (VBR), la empresa gestora de los servicios civiles de la base aérea  de Morón de la Frontera (Sevilla), cuyo uso comparten Estados Unidos  y España. En su sentencia, el Alto Tribunal Andaluz declara "no  ajustada a derecho la decisión extintiva", traducida en el despido de  66 trabajadores con indemnizaciones de 20 días de sueldo por año de  servicio. Como muestran las hemerotecas, la empresa gestora de los servicios  civiles de estas instalaciones militares ya promovió a finales de  2010 un primer expediente de regulación de empleo "por causas  organizativas", para extinguir 286 de los 594 puestos de empleo  sujetos entonces a tales servicios. Durante la negociación, la  compañía y el comité de empresa acordaron reducir a 150 el número de  despidos, pero la destrucción de puestos de trabajo quedó después  rebajada a 119 personas al ser descubierto que 31 de los trabajadores  incluidos en el ERE habían causado ya baja en la empresa, extremo que  por cierto investiga el Juzgado de Instrucción número 15 de Sevilla. Ya en 2013, un año en el que Estados Unidos decidió ampliar su  presencia militar en la base de Morón de la Frontera con el  despliegue de 500 infantes de marina y ocho aeronaves, la empresa  promovió un nuevo ERE. En esta ocasión no medió acuerdo alguno y en  septiembre, 'VBR' consumó el despido de 66 trabajadores con  indemnizaciones de 20 días por año de servicio, el mínimo estipulado  por la vigente regulación laboral. Mientras Estados Unidos está  ampliando aún más su presencia militar en Morón para sumar 850  infantes de marina y 17 aeronaves en estas instalaciones, el pasado  19 de febrero la sala de lo Social del TSJA celebró el juicio  correspondiente a la demanda colectiva formulada por los citados 66  trabajadores contra sus despidos. Para los trabajadores el ERE de  2013 no tenía otro objetivo que avanzar hacia el número de despidos  planeado en la regulación de 2010. MAS MARINES La sentencia del TSJA, dictada el 31 de marzo y recogida por  Europa Press, expone que, en efecto, en mayo de 2013 la base acogió  el despliegue "temporal" de 500 infantes de marina y ocho aeronaves,  siendo entonces contratados nueve empleados de manera temporal. En  julio de aquel año, y según el fallo, las Fuerzas Aéreas de Estados  Unidos indicaron a 'VBR', como sociedad adjudicataria de la gestión  de los servicios civiles de estas instalaciones, "su propósito de no  dotar partida de gasto alguno para los 70 contratos calificados como  de 'retención' a partir del 30 de septiembre de 2013, en el contexto  de un dimensionamiento adecuado de la carga de trabajo a realizar",  lo que finalmente se tradujo en los citados 66 despidos. En ese sentido, media en el asunto un informe pericial que refleja  "la no existencia de cambios que supongan disminución apreciable de  la actividad a desarrollar en la comparativa entre las condiciones de  contratación de 2009 y la actualidad, apreciándose por el contrario  un incremento de tareas en determinados departamentos, como los de  dirección y administración, transportes o control de material". Al  respecto, el tribunal señala que si bien la empresa alegaba para los  despidos "la modificación de las condiciones de la prestación  contractual", el citado informe "deniega básicamente la concurrencia  de las causas productivas aducidas por la empresa", tratándose de un  estudio "fundado en los datos ofrecidos" por la propia compañía. En paralelo, tanto el informe como la sentencia señalan el  desembarco de "una nueva fuerza expedicionaria que precisaría una  mayor cantidad de servicios de distinto orden" en las instalaciones.  La sentencia, no obstante, descarta una vulneración de derechos  fundamentales porque si bien los demandantes alegaban que la empresa  había "preferido" consumar los despidos sobre empleados españoles en  lugar de la plantilla estadounidense, el tribunal señala la "evidente  desproporción favorable a los trabajadores españoles en relación al  número total de empleados", considerando que no ha sido acreditada  ninguna "conducta discriminatoria". "NO AJUSTADO A DERECHO" La sentencia, además, descarta la tesis de que 'VBR' incurriese en  una mala fe negociadora, manifestando la legitimidad de que la  empresa demandada defendiese "sus criterios" a la hora de negociar  los términos del expediente de regulación de empleo. De tal manera,  el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía estima parcialmente la  demanda colectiva de los trabajadores despedidos y declara "no  ajustada a derecho la decisión extintiva", si bien se trata de un  fallo susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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