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Educación revisa la matriculación en los colegios no mixtos tras los fallos del TSJA

Tras Albaydar, el tribunal obliga a devolver el concierto a Altair, Ribamar, Ángela Guerrero y Nuestra Señora de Lourdes. La Junta ya ha presentado el recurso al primer fallo y hará lo propio con el resto pero debe resolver qué hacer con el proceso de escolarización en marcha.

el 27 may 2014 / 14:02 h.

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altair En pleno proceso de escolarización, la Consejería de Educación tendrá que tomar en breve una decisión sobre la matriculación en los doce colegios de educación diferenciada (siete en Sevilla) a los que retiró el concierto el curso pasado, con el aval del Tribunal Supremo, pero que tras la reforma educativa implantada por la ley Wert que blinda las subvenciones públicas a estos centros recurrieron y solicitaron que, mientras se resuelve el conflicto ante los tribunales, se anule cautelarmente la decisión de la Junta de denegarles el concierto este año. La semana pasada, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ya emitió un auto en el que aceptaba conceder al centro femenino Albaydar la medida cautelar solicitada y ayer trascendieron otros cuatro autos en el mismo sentido referidos a los colegios Ribamar, Altair, Ángela Guerrera y Nuestra Señora de Lourdes (los tres primeros de la capital sevillana y el último de Carmona). La Junta ya ha formalizado el recurso de reposición contra la decisión judicial referida al colegio Albaydar y tras conocer los nuevos autos, anunció su intención de recurrirlos como primer paso al que tendrá que seguir la toma de decisiones sobre la matriculación en estos centros que, según fuentes de Educación, «se irán comunicando» en breve y el consejero, Luciano Alonso, podría avanzar algo mañana en el Parlamento. La argumentación del TSJA para ordenar la suspensión cautelar de la denegación del concierto, y por tanto la obligación de la Junta de volver a subvencionar a estos centros que no admiten a alumnos de ambos sexos, en los cuatro fallos a los que tuvo acceso ayer Europa Press sigue la misma línea del primero. El Alto Tribunal insiste en que la nueva Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (Lomce) supone un «trascendente» cambio legislativo que no hay motivo para no aplicar mientras se resuelve el recurso de inconstitucionalidad contra esta norma presentado por el Gobierno andaluz. Sin entrar en el fondo del asunto, pues ya el TSJA abrió diligencias separadas para resolver sobre las medidas cautelares solicitadas por los colegios afectados, alega que «el interés general al que se refiere la ley jurisdiccional no puede ser simple y llanamente el de la administración, sino el de la ciudadanía» y desde esa perspectiva, «el que haya ocho o doce colegios o los que sean, en todo caso porcentualmente mínimos en el ámbito de la prestación escolar de la comunidad autónoma, no puede originar un perjuicio a ese interés general, que no debe confundirse con una ideología educativa concreta». Defiende la suspensión cautelar mientras se resuelve el litigio de fondo porque el posible perjuicio a los demandantes sería irreparable a posteriori y minimiza el efecto económico para la administración dado que estos centros solo representan el «0,2 por ciento» de los colegios subvencionados, mientras que sí destaca que la retirada de las ayudas puede abocar a estos centros al cierre. También señala que la Junta no da «un solo argumento jurídico o fáctico consistente». Tanto la letrada de la Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE-A), Carmen Mora, que representa a los colegios afectados, como la portavoz de la plataforma Mis padres deciden, formada por las Ampas de estos centros, mostraron su «satisfacción» por la decisión del TSJA que, a su juicio, viene a avalar su reivindicación respecto al «derecho a decidir de los padres sobre el modelo educativo para sus hijos» y a demostrar que la posición de la Junta de no subvencionar los centros de educación diferenciada obedece a un criterio «puramente ideológico», según Ruiz. Para Mora, los autos suponen «un apoyo explícito a la autonomía pedagógica de los centros». El gerente del colegio masculino Altair, Esteban Guerrero, subrayó que la decisión del TSJA ha dado «tranquilidad a todo el mundo, tanto al personal del centro como a las familias» y defendió que «aunque es una medida cautelar y el tribunal aún tiene que pronunciarse, la ley actual lo deja todo muy claro». Sobre el proceso de escolarización en marcha, explicó que en su centro ya ha recogido las solicitudes para dos unidades de Infantil para el próximo curso, unidades que este año han mantenido con un «precio social». «Ahora Educación tendrá que ver la fórmula para aplicar la sentencia porque aunque la recurra, la tiene que ejecutar», señaló. Desde la consejería reconocieron que en los próximos días comunicarán a las familias las decisiones sobre el proceso de matriculación tras la anulación de la denegación de los conciertos, al margen de que la Junta mantendrá el correspondiente recurso ante los tribunales en defensa de «un sistema de coeducación en el que creemos» que no segregue a los alumnos por sexos. Los otros centros sevillanos afectados, y que también solicitaron medidas cautelares, son Elcható de Brenes y El Molino Azul de Lora del Río, ambos de FP donde la matriculación empieza en junio.

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