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El TSJA ordena la demolición completa de la Biblioteca del Prado

el 06 jun 2012 / 11:35 h.

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La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del  Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ordenado que la  Universidad de Sevilla (US) proceda a la demolición de la estructura  construida del proyecto universitario de Biblioteca Central cuya  ubicación en los Jardines del Prado de San Sebastián fue tumbada por  el Tribunal Supremo, así como de los aparcamientos habilitados en el  subsuelo.

En el auto el TSJA insta asimismo a la reposición de materiales y arbolado necesario para que  el frente oriental se restaure como zona verde y "armonice" con el  resto del parque, después de la demanda de ejecución de sentencia  interpuesta por las comunidades de vecinos demandantes.   

Según informa el abogado de los vecinos Emilio Molina, los gastos tienen que correr a cuenta de la Universidad de Sevilla y "obliga a demolerlo absolutamente todo" dejando el solar en la misma situación que se encontraba antes del inicio de las obras.

La Sala apunta en la resolución, contra la que cabe recurso de  reposición, a la responsabilidad de las tres administraciones  codemandadas en la ejecución del fallo, a las que impone las costas  causadas a la instancia de cada cual en el incidente -incluyendo al  Ayuntamiento hispalense y a la Consejería de Obras Públicas de la  Junta, cuyas competencias ostenta hoy el departamento autonómico de  Fomento y Vivienda-, reclamando a la Hispalense que en el plazo de  un mes informe tanto sobre el calendario de las sucesivas actuaciones  con las que se pretende acometer la ejecución de sentencia como sobre  la identificación de la autoridad o funcionario responsable de la  misma.

De esta manera, el auto, que hace un recordatorio del periplo  judicial por el que ha transcurrido el asunto -incluidas sentencias  y recursos de casi una docena de causas abiertas por diversos  colectivos vecinales y mercantiles-, alude al "interés público" como  factor que exige que se cumpla el fallo, cuya puesta en efecto fue  objeto de negociación en una serie de reuniones entre las partes, en  las que se expuso la posibilidad de buscar fórmulas que permitieran  aprovechar lo construido y conservar la parcela de aparcamientos, que  finalmente no llegó a buen puerto.

Así, se refleja cómo los residentes solicitaban de las  administraciones la rectificación del planeamiento urbanístico y de  las concesiones realizadas para la biblioteca, así como el control y  seguimiento del proceso de restitución de los jardines a su estado  original.

El auto rechaza de este modo la propuesta de la Universidad de conservar los aparcamientos ya construidos en la zona que realizó el pasado 1 de junio a través de sus representantes legales.

La Universidad de Sevilla proponía una ejecución de la sentencia que permita el mantenimiento de todo o parte de lo construido, lo que se entiende perfectamente compatible con el espíritu de la resolución judicial en el sentido de conservar la zona verde.

La Universidad de Sevilla propuso de este modo porner a disposición de los ciudadanos una infraestructura ya ejecutada, como son los aparcamientos ya casi terminados, en una zona céntrica con una fuerte demanda de servicios de esta naturaleza. La US recuerda en su escrito al TSJA que no pretende un beneficio patrimonial o particular con esta fórmula , sino que se trata de un ofrecimiento a la ciudad para la mejor salvaguarda del interés público y el aprovechamiento de una inversión ya realizada.

Las propuestas que la Universidad de Sevilla ha presentado se concretan en dos posibles soluciones, ambas compatibles con la naturaleza de jardín público de la zona afectada. La primera de ellas es la integración de lo construido sobre rasante en el Parque de El Prado . La mayor parte de las infraestructuras existentes pueden transformarse en espacios de ocio y esparcimiento, jardines colgantes y otros elementos ornamentales.

La segunda propuesta contempla la reposición de la zona verde manteniendo los aparcamientos. Esta solución tendría un mínimo impacto visual, con un único acceso de entrada y salida de vehículos, que se situaría en la zona norte de la parcela; y una entrada peatonal, en la parte sur.

 

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