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El TSJA rechaza el recurso del AMPA del 'Ribamar' para lograr el concierto

Los padres, que admiten que esta nueva resolución supone un "jarro de agua fría", se manifiestan "sorprendidos".

el 31 may 2013 / 15:36 h.

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de  Justicia de Andalucía (TSJA) ha emitido una nueva resolución de  rechazo a las medidas cautelares solicitadas, en esta ocasión, por la  Asociación de Madres y Padres de Alumnos (AMPA) del colegio 'Ribamar'  de Sevilla, ente afectado y recurrente contra la decisión de la  Consejería de Educación de la Junta andaluza de retirar el concierto  de unidades a aquellos colegios que lleven a cabo una educación  diferenciada por sexo, en base a recientes resoluciones judiciales. ampa-ribamarAsí lo ha señalado a Europa Press la portavoz de la plataforma  'Mis padres deciden' y miembro del AMPA de 'Ribamar', Gemma García,  que ha agregado que, tal y como ocurriera en el caso de las Hermanas  de la Cruz, orden religiosa a la que se adscriben los centros  educativos 'Angela Guerrero' y 'Nuestra Señora de Lourdes' de  Sevilla, también afectados por esta situación y que ya recibieron una  primera resolución negativa a sus intereses, se han registrado  asimismo dos votos particulares de la sala a favor de que se otorgara  al colegio el concierto. Los padres, que admiten que esta nueva resolución supone un "jarro  de agua fría", se manifiestan "sorprendidos", según García, habida  cuenta del recurso de súplica interpuesto por las Hermanas de la Cruz  y de la admisión a trámite por parte del Tribunal Constitucional (TC)  de un recurso de amparo presentado por los padres del colegio  Torrevelo de Cantabria contra la sentencia del Supremo que ratificaba  la denegación del concierto por parte del Gobierno cántabro. "Pensábamos que podían cambiar de idea", reconoce la portavoz de  los padres, subrayando el "seguro" recurso de súplica ante esta  resolución por parte del AMPA, que también ha criticado la "presión"  y "coacción" de la Consejería "al llamar a padres de 'Ribamar', con  vacantes en el centro y los listados publicados, para decirles que no  hay plazas y que se reubicará a las alumnas en otros centros, cuando  hay una resolución de la Junta que sí reconoce el concierto para  Secundaria". Ya en el auto judicial de los primeros casos, al que tuvo acceso  Europa Press, el TSJA, aún reconociendo que la integración o no de  niños y niñas no responde a un "capricho" de la dirección de los  colegios, y sí a un modelo educativo específico amparado en la  libertad ideológica y, en su caso, religiosa, establecía que el  modelo de la Junta es el de la "efectiva integración", que "es el que  en principio aparece reconocido en la legislación educativa". Y en la  confrontación entre ambos sistemas, "debe prevalecer el defendido por  la administración, que sirve con objetividad los intereses  generales". Señalaba que no se alega que la denegación de los conciertos  solicitados vaya a suponer una "perturbación" al servicio público  educativo, "que se entiende será bien prestado por otros centros".  Asimismo, los perjuicios causados a padres y alumnos "no pueden en  modo alguno justificar la suspensión, dado que no existe más allá del  derecho de elección un derecho a la efectiva escolarización de los  hijos e hijas en los colegios elegidos en los procesos de admisión". Tras conocer este primer auto, la consejera de Educación, Mar  Moreno, se congratulaba de lo que considera un "aval" judicial "muy  importante" para las políticas promovidas por su departamento y  dejaba la puerta abierta a una posible reconversión de estas sedes  educativas en colegios mixtos, una propuesta ya realizada en  reiteradas ocasiones por parte de la Junta y que ya costaría "mucho  trabajo" encajar jurídicamente en el presente proceso de  escolarización, si bien podría verse "a futuro, como con cualquier  otro centro".

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