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El TSJA tumba otra vez el Plan por no adaptarlo a la LOUA

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) vuelve a anular el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Guillena, que fue ratificado por la Junta de Andalucía, por incumplir su propia Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA). Foto: El Correo.

el 15 sep 2009 / 16:20 h.

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) vuelve a anular el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Guillena, que fue ratificado por la Junta de Andalucía, por incumplir su propia Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).

La Sala de lo Contencioso Administrativo tumba así la resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio que aprobó de forma definitiva el PGOU de Guillena en 2006. La anulación deriva en el incumplimiento de la LOUA, según recogió ayer la agencia Europa Press.

El PGOU fue denunciado por la asociación de vecinos El Encinar de Las Pajanosas. Su presidente, Eduardo Quirós, aclaró ayer por qué no se puede aprobar ese PGOU, ya que la sentencia se centra en consideraciones abstractas: "La urbanización de Golf Las Pajanosas tiene parcelas de 1.000 metros cuadrados, en las que sólo se puede edificar una tercera parte, y mantiene normas muy estrictas para la conservación de encinas centenarias y para el aislamiento de los chalés". Sin embargo, según continuó, el Ayuntamiento de Guillena "quiere reducir las parcelas a 100 metros cuadrados y recalificar como edificable el campo de golf". Por eso ellos alegaron contra el PGOU. La alegación de los vecinos se produjo nada menos que en 2005. Y el TSJA anuló por primera vez el PGOU de Guillena ese año.

El Ayuntamiento de Guillena y entonces la Consejería de Obras Públicas trabajaron para corregir el error y en 2006 salió aprobado definitivamente el PGOU ahora anulado. La sentencia agrega que el Ayuntamiento de Guillena ordenó la redacción de documento complementario al PGOU en el que se recogieran los ajustes para adaptarlo a la LOUA. Sin embargo, sigue el TSJA, "no consta en el expediente este documento ni ninguna de las partes da cuenta" del mismo.

"Simple y llanamente lo que se ha hecho es orillar, de manera consciente y asumida, el cumplimiento de la ley", expone la sentencia, que además acusa al Ayuntamiento de Guillena de "crear artificialmente (...) la apariencia equívoca de determinaciones de naturaleza reglamentaria vigentes destinadas a ordenar y desarrollar urbanísticamente el municipio". El fallo les condena al pago de las costas por "conducta procesal temeraria.

IU de Guillena anunció ayer que espera que el equipo de gobierno (PSOE) y la Consejería de Ordenación del Territorio "asuman responsabilidades".

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