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Esa molesta e inútil llamada...

El 40% de los españoles denuncia el marketing telefónico por su agresividad

el 30 oct 2010 / 19:49 h.

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Esa inoportuna llamada telefónica a la hora del almuerzo para intentar venderle cualquier tipo de producto es una de las prácticas de marketing agresivo más utilizadas hoy día por las empresas. Realmente, es difícil calibrar la eficacia de este método dado que es el tipo de publicidad más molesta para los españoles, según el estudio Puntos de contacto de las marcas con los consumidores, coordinado por España en siete países de la Unión Europea (UE), pero el caso es que la práctica va creciendo entre las diferentes compañías cada día más.

 

De hecho, las llamadas de teléfono para anunciar una promoción o vender algún producto molestan a cuatro de cada diez españoles. Además, al 32,1% de los ciudadanos no les inspira confianza este tipo de publicidad y al 47,8% no le parece útil, colocándose en primer lugar en los ranking de anuncios que menos confianza da y menos útil son, según la opinión de los compradores.

En aras de evitar estas inoportunas llamadas, que tendrán su público pero que como hemos dicho unas líneas más arriba incordian a la mayoría de los ciudadanos en España, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) detalló en un informe las deficiencias en los mecanismos con los que cuenta el ciudadano de a pie para prevenir u oponerse a la recepción de este tipo de comunicaciones comerciales.

El documento, titulado Plan sectorial de oficio sobre publicidad telefónica, también concluye que la mayoría de usuarios desconoce que tiene derecho a dejar de recibir este tipo de llamadas. Es más, sólo un porcentaje inferior al 1% de los abonados de las guías telefónicas han solicitado, mediante el mecanismo establecido para tal fin, no ser objeto de estas prácticas comerciales. De esto se desprende, según el director de la AEPD, Artemi Rallo, "que o bien los abonados no son demasiados reticentes a este tipo de actividad o bien no son demasiados conscientes de este derecho".

También, respecto a las llamadas comerciales a teléfonos móviles por parte de una compañía de telecomunicaciones que no es la del cliente, la AEPD ha podido constatar cómo se las ingenian las empresas para obtener los números de quienes desean que sean sus futuros clientes. Para poder perseguir este tipo de prácticas, la AEPD lamenta el vacío legal que existe para poder sancionarlas cuando se vulneran los derechos de los usuarios y abonados.

Pero, de acuerdo con la doctrina de la Audiencia Nacional, la utilización de números de teléfonos cuando éstos no están asociados a una persona concreta no están sometidas a la LOPD dado que no son datos personales.

Correo electrónico. Otra práctica también muy habitual es el spam a través del correo electrónico, no tan molesto como las llamadas telefónicas pero no por ello agradable. Dado que nuestra dirección electrónica puede ser conseguida fácilmente sin nuestro consentimiento, es necesario seguir una serie de normas para salvaguardar nuestra privacidad. Así, la AEPD insiste en que facilitemos la dirección únicamente a aquellas personas y organizaciones, y para aquellos casos en los que no confiemos se recomienda crear una cuenta de correo paralela. Con esto se logra que nuestra verdadera dirección sólo sea conocida por nuestros amigos y contactos profesionales, con el ahorro de tiempo que implica no tener que separar correos importantes de aquellos no deseados.

También es muy recomendable no publicar nuestra dirección electrónica en buscadores o redes sociales, o bien activar las opciones de privacidad para que sólo puedan tener acceso a ella las personas que nosotros designemos. Y a la hora de enviar un correo electrónico a varios destinatarios, es más que aconsejable usar la opción CCO (copia oculta) de los diferentes programas de correo para no hacer visibles las direcciones de los demás a todos los destinatarios del mensaje.

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