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España no juzgará el incendio de su embajada en Guatemala

El proceso judicial iniciado contra cinco militares y dos civiles guatemaltecos acusados de genocidio por el incendio de la embajada de España en Guatemala en 1980 se quedó sin efecto.

el 14 sep 2009 / 21:40 h.

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El proceso judicial iniciado por la Audiencia Nacional española contra cinco militares y dos civiles guatemaltecos acusados de genocidio por participar en el incendio de la embajada de España en Guatemala en 1980 se quedó sin efecto por la Corte de Constitucionalidad, el máximo tribunal de justicia del país.

La corte resolvió a favor de los implicados un amparo que presentaron hace un año contra el máximo tribunal español, que pretendía extraditarlos a España, explicaron los abogados de los querellantes y los militares.

Con la resolución quedan sin efecto las órdenes de captura con fines de extradición de esas siete personas contra quienes se querelló la Premio Nobel de la Paz de 1992, Rigoberta Menchú, por genocidio, torturas y terrorismo de Estado. La resolución, que fue notificada a las partes, con- sidera que la Audiencia Nacional no tiene competencias para poder juzgar a guatemaltecos.

El amparo fue presentado por el general retirado Ángel Anibal Guevara, el coronel Germán Chupina y el civil Pedro García, en el que pidieron rechazar la jurisdicción de la justicia española. La resolución también beneficia a los generales Efraín Ríos Montt, Oscar Mejía y Benedicto Lucas y al civil Donaldo Álvarez. Los militares y civiles iban a ser jugados por su participación en el incendio de la embajada de España en Guatemala el 31 de enero de 1980, donde hubo 37 muertos.

El abogado de la Fundación Rigoberta Menchú Tum, Benito Morales, mostró su preocupación "porque no se reconoce la competencia de la justicia española y se obvia el principio de la justicia universal". En la misma línea, la Asociación para la Justicia y la Reconciliación y el Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos reiteraron su exigencia de un reconocimiento pleno a la justicia universal y la obligación de los Estados de juzgar crímenes de esa humanidad. "La Corte de Constitucionalidad olvida que existió una denegación de justicia y una falta de voluntad en la persecución penal de los delitos de genocidio", sostienen en un comunicado conjunto.

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