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Europa avala que la ilegalización de Batasuna fue una 'necesidad social'

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo (Francia), avaló ayer la ilegalización de Batasuna, seis años después. La satisfacción de los gobiernos español y vasco, partidos políticos, jueces, fiscales, policías... era ayer mayúscula. Todos, excepto el PNV, coincidieron en señalar que la sentencia respalda la Ley de Partidos.

el 16 sep 2009 / 05:03 h.

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo (Francia), avaló ayer la ilegalización de Batasuna, seis años después. La satisfacción de los gobiernos español y vasco, partidos políticos, jueces, fiscales, policías... era ayer mayúscula. Todos, excepto el PNV, coincidieron en señalar que la sentencia respalda la Ley de Partidos.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) consideró ayer por unanimidad que la disolución e ilegalización de Batasuna el 17 de marzo de 2003 respondía a una "necesidad social imperiosa", que las medidas adoptadas fueron "proporcionadas" y "no responde a una intención de prohibir toda manifestación de ideas separatistas". Según la corte, la prueba evidente es "la presencia de partidos políticos de carácter independentista en los órganos de gobierno de algunas comunidades, como en el País Vasco".

En la sentencia se rechazan los recursos interpuestos por Batasuna contra las sentencias del Tribunal Supremo y del Constitucional y se afirma que "la disolución (de la formación abertzale) puede considerarse como necesaria en una sociedad democrática, especialmente para mantener la seguridad pública, la defensa del orden y la protección de los derechos y las libertades".

La Corte europea concluye, de este modo, que no hubo violación del artículo 11 de la Convención Europea de Derechos Humanos, referido a la libertad de asociación, y que el proyecto que encarna HB-EH-Batasuna "está en contradicción con la concepción de la sociedad democrática e implica un gran peligro para la democracia española".

La sentencia del TEDH desmonta uno por uno los argumentos de Batasuna, empezando por el de que se le aplicó retroactivamente la Ley de Partidos (LOPP), que había entrado en vigor el 29 de junio de 2002. El tribunal recuerda, en este sentido, que la ilegalización no se produjo hasta el 17 de marzo de 2003 y que, para disolver Batasuna, el Tribunal Supremo sólo tuvo en cuenta actos -como la negativa a condenar atentados terroristas o declaraciones a favor de ETA- cometidos entre esas dos fechas. Batasuna también alegó que con su disolución se pretendía "la eliminación de la corriente política independentista vasca de la vida política", pero el TEDH también rechaza el argumento.

En cuanto a si la ilegalización y disolución de la formación abertzale fue o no proporcionada, el TEDH empieza diciendo que "una de las principales características de la democracia reside en la posibilidad que ofrece de debatir mediante el diálogo y sin recurrir a la violencia sobre cuestiones planteadas por diferentes corrientes de opinión política, incluso cuando molesten o inquieten". Añade que cualquier partido puede proponer el cambio de la estructura constitucional de un Estado si cumple dos condiciones: que los medios utilizados sean legales y democráticos y que el cambio propuesto sea compatible con los derechos democráticos fundamentales.

La satisfacción tras hacerse pública la sentencia fue casi unánime. Tan sólo el PNV puso la nota discordante. El portavoz del PNV en el Parlamento vasco, Joseba Egibar, consideró que el fallo requiere "una lectura atenta", especialmente por la existencia de informaciones que indicarían que la Corte "estaba dando vueltas al concepto de contaminación sobrevenida que se podía deducir de determinadas sentencias" contra los abertzale.

Mientras el Gobierno central abogó por que Estrasburgo con su sentencia avaló ayer la Ley de Partidos. Y en la misma línea se expresó el Ejecutivo vasco. También se congratularon el resto de fuerzas políticas, jueces, fiscales, policías y víctimas de la banda terrorista ETA.

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