Economía

Europa fijará en 30 días el plazo para pagar a los proveedores

El Parlamento pretende acabar así con la asfixia financiera que sufren las pymes.

el 14 sep 2010 / 21:06 h.

El cierre del grifo del crédito por parte de las entidades financieras no es el único responsable de la asfixia financiera por la que atraviesa un gran número de empresas.

A esa circunstancia, consecuencia de la crisis financiera mundial, se le suma otra mucho más cercana, como es el atraso en los pagos que sufren por parte de sus clientes. Y en este punto no se diferencia que éste sea privado o una administración pública. La morosidad sigue siendo uno de los principales lastres.

Por esta razón, y para luchar contra esta lacra que afecta al desarrollo de su actividad y las hunde en un círculo del que difícilmente pueden salir, las empresas y el sector público tendrán que pagar a sus proveedores en un plazo máximo de 30 días, según el acuerdo alcanzado entre el Parlamento Europeo y la presidencia belga sobre la nueva norma comunitaria para luchar contra la morosidad en las operaciones comerciales.

"Las pequeñas empresas europeas ya no sufrirán problemas de liquidez por culpa del retraso en el pago de sus productos por parte de autoridades públicas o grandes compañías", reseñó la negociadora por parte de la Eurocámara, la socialista alemana Bárbara Weiler.

"El acuerdo significa que las pymes ya no se verán obligadas a servir como bancos para el sector público o para las grandes compañías", incidió la eurodiputada.

La propuesta original de la Comisión señalaba que los plazos debían fijarse por acuerdo entre el deudor y el acreedor.

Pero los negociadores del Parlamento convencieron finalmente a la presidencia belga de aceptar la regla de los 30 días para toda Europa, según informó ayer la Eurocámara en un comunicado.

Para las autoridades públicas, sólo en "circunstancias excepcionales" el periodo de pago podrá alargarse más allá de 30 días. Pero el plazo nunca podrá pasar de 60 días y será necesario presentar una justificación para cualquier prórroga.

El interés de demora si se retrasa un pago se fija en el tipo de referencia más un 8%. Además, la Eurocámara y los Veintisiete han acordado una cantidad fija de 40 euros como compensación por los costes de recuperación.

Para los hospitales, los Estados miembros sí podrán fijar plazos de pago distintos de hasta 60 días.

Esta excepción se contempla por la naturaleza específica de estos centros, que suelen financiarse a través de reembolsos, en virtud de los sistemas de seguridad social.

El acuerdo debe ahora ser ratificado por el pleno del Parlamento Europeo en octubre.

INTENTO EN ESPAÑA. El paso dado por el Gobierno español para tratar de atajar este problema de la morosidad o, al menos, reducirlo, se incluyó en el anteproyecto de ley de Economía Sostenible, presentado en noviembre del año pasado, y posteriormente ya en marzo de este año aprobado como proyecto de ley.

Con el objetivo de recortar la mora, el Ejecutivo planteó reducir el plazo de pago de las administraciones públicas de 60 a 30 días desde la expedición de los certificados de obra, al tiempo que se establecerá un mayor control en las entidades locales para que paguen las facturas de los proveedores en tiempo y forma.

Mientras tanto, en el ámbito de la empresa privada, marca la obligación de pago a pymes y autónomos en un máximo de 60 días.

La principal queja sobre esta norma es su fecha de entrada en vigor, a partir del año 2013.
En julio entró en vigor la Ley de Morosidad, que obliga al Gobierno a articular a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO) una línea de crédito dirigida a ayuntamientos para que éstos puedan pagar sus deudas con empresas y autónomos.

Asimismo, la norma elimina la posibilidad de que las empresas pudiesen negociar plazos superiores a los fijados por la ley, con el fin de equiparar los plazos a Europa.

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