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Indemnizan a once vecinos que sufren 'olores fecales'

La Audiencia de Sevilla ha condenado a la promotora de unas viviendas a indemnizar a once vecinos por unos defectos "que no se pueden consentir", tales como humedades, olores fecales y falta de terminación en los cerramientos. Considera que estos fallos constituyen un "relevante incumplimiento contractual".

el 15 sep 2009 / 23:20 h.

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La Audiencia de Sevilla ha condenado a la promotora de unas viviendas a indemnizar a once vecinos por unos defectos "que no se pueden consentir", tales como humedades, olores fecales y falta de terminación en los cerramientos. Considera que estos fallos constituyen un "relevante incumplimiento contractual".

La Sección Octava de la Audiencia condena a la constructora de las viviendas ubicadas en las calles Estrella Altair, Buenavista y Constelación Centauro, del barrio de San Jerónimo, a subsanar los errores en las cubiertas, zócalos de pizarra, enfoscados exteriores, carpintería exterior, balcones y terrazas, así como las humedades, fisuras y olores fecales surgidos a posteriori, según una sentencia a la que ha tenido acceso Efe.

Todas estas obras deberán ser realizadas "hasta la completa subsanación" de los errores, según un peritaje aportado a la causa por los perjudicados, en un plazo no superior a seis meses y "comprendiendo el pago de todos aquellos gastos que sean necesarios para su realización", aclara el fallo judicial.

Además, condena a la constructora y responsables del proyecto a indemnizar en un total de 15.779 euros a cinco vecinos por los defectos concretos en sus pisos, tal como había ordenado previamente un juzgado de primera instancia, y a ello añade la Audiencia otros 1.713 euros a otro demandante que quedó fuera en la primera sentencia.

La resolución explica que los defectos en la construcción denunciados por los compradores constituyen un "relevante incumplimiento contractual que afecta a la seguridad y supone un cambio estético que no tienen que consentir". Dicen los jueces que, en el caso del cerramiento de las viviendas, "entre lo que les fue ofertado y lo que finalmente se les ha entregado hay un trecho por el que no deben pasar".

Cambios sin aviso. Recoge que en el contrato les ofrecieron un cerramiento de reja de acero que fue sustituido por una malla de torsión, lo que constituye "un relevante incumplimiento contractual que afecta a la seguridad y que constituye un cambio estético que no tienen que consentir". Los defectos "tienen tal entidad que impiden o dificultan el normal goce y habitabilidad" de los pisos, según la Audiencia.

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