Era una petición histórica de autónomos, pymes y microempresas, pero por fin la Comisión de Industria, Turismo y Comercio del Congreso de los Diputados aprobó ayer, con competencia legislativa plena, una proposición de ley para limitar a 30 días el plazo en que la Administración debe pagar a las empresas proveedoras.
La proposición supone la modificación de la Ley 3/2004 sobre morosidad en las operaciones comerciales, que establecía un régimen general de pago a 60 días, con excepciones a 90 días y una limitación de 30 para los bienes perecederos.
A partir de ahora, la administración tendrá que pagar en un plazo máximo de 30 días, mientras que el sector privado deberá hacerlo en 60 días a partir del momento en que sus proveedores entreguen los bienes o presten los servicios contratados.
Según algunas estadísticas manejadas por los grupos parlamentarios, el plazo efectivo de pago es de unos 100 días en el sector privado, de 140 en la Administración central, de 150 en la autonómica y de 238 días en la local.
La iniciativa, que fue presentada por CiU y ha sido aprobada por unanimidad en gran parte de su articulado, introduce un periodo transitorio de aplicación, de modo que la Administración deberá reducir el pago a las empresas proveedoras a 55 días desde su entrada en vigor, a 50 días a partir del 1 de enero de 2011; a 40 días en 2012, y a 30 días a comienzos del año 2013.
Según el texto de la norma, que ahora deberá pasar por el Senado antes de su aprobación definitiva, los pagos efectivos entre empresas en las operaciones comerciales deberán hacerse en un plazo máximo de 60 días.
El sector privado también contará con un periodo transitorio para reducir los plazos de pago a sus proveedores, a 85 días desde su entrada en vigor, a 75 días a partir de enero de 2012, y a 60 días en enero de 2013. Una de las principales novedades es la supresión de la cláusula que permitía a las partes acordar un plazo de pago superior al establecido con carácter general por la normativa.
La aplicación de esta cláusula suponía en la práctica el incumplimiento de los plazos marcados por la Ley, puesto que permitía a las grandes empresas imponer sus condiciones a sus proveedores, normalmente pymes sin capacidad de negociación.
La cláusula ha sido suprimida por acuerdo de todos los grupos parlamentarios, a excepción de los socialistas, que proponían mantenerla para todas las empresas proveedoras con una facturación superior a 100 millones de euros.