La Audiencia anula la imputación en los ERE de dos ex altos cargos por inconcreta

Los dos ex directores generales fueron implicados en el mismo auto que la exministra Álvarez y, como ocurrió con ella, lo revocan porque carece de un relato «concreto y preciso» de los hechos.

el 22 abr 2014 / 10:38 h.

buenaventura-aguilera-antonio-lozano Por segunda vez la Audiencia Provincial de Sevilla corrige a la jueza Mercedes Alaya el auto en el que imputó a una veintena de altos y exalto cargos de la Junta de Andalucía por el fraude de los expedientes de regulación de empleo (ERE). Si en septiembre revocó la decisión de imputar a la exministra Magdalena Álvarez por su imprecisión, que luego fue corregida por la magistrada, ahora la Sección Séptima vuelve a dejar sin efecto las imputaciones de dos ex directores generales –Antonio Lozano y Buenaventura Aguilera– al considerar que la resolución debió «contener una exposición cuando menos concreta y precisa». Los magistrados también dejan sin efecto la fianza de más de 46 millones de euros impuesta por Alaya. Justo un día antes de que la Sección Séptima de la Audiencia se reúna para deliberar por segunda vez sobre la imputación de la exministra y exconsejera Magdalena Álvarez, los mismos magistrados han vuelto a tumbar el famoso auto del 28 de junio de 2013, en el que la titular del Juzgado de Instrucción número 6 imputaba a una veintena de altos y ex altos cargos de la Administración andaluza. La Sala vuelve a dejar sin efecto parte de esta resolución, en concreto, la referente a los que fueran directores generales de Presupuesto Antonio Lozano y Buenaventura Aguilera. Y de nuevo se repite el argumento, la falta de concreción. «La misma complejidad de los hechos investigados por la amplitud de los delitos imputados a terceras personas (...) hubiera hecho deseable que se especificase qué concreta participación, en qué concreto delito se atribuía a los recurrentes», señalan los magistrados. Además de director general, Lozano fue viceconsejero de Presidencia con José Antonio Griñán como presidente de la Junta, uno de los preimputados y señalados por Alaya, y con la ahora presidenta, Susana Díaz, como consejera de Presidencia. Su imputación hizo que no repitiera en el nuevo Gobierno, constituido en septiembre de 2013, tan sólo tres meses después de que su nombre se incluyera en la larga lista de implicados. La propia Díaz reconoce públicamente que ha sido la persona de la que más le ha costado prescindir y la imputación más dolorosa de todo el caso. Lozano, al igual que Aguilera, recurrieron el auto de Alaya y ahora los jueces les dan la razón, no sin dejar entrever sus discrepancias sobre ciertos puntos de la investigación. Más concretamente, aluden al hecho de que la jueza parte «de la premisa de que las transferencias de financiación [el sistema con el se pagó los ERE] constituyen una figura absolutamente inadecuada para su uso como subvenciones laborales» y que, ciertos cargos, como Lozano y Aguilera, «en la ejecución de sus respectivas competencias, habrían permitido este uso indebido, con las consecuencias del dispendio continuado de fondos públicos». Para la Sala esto supone, por un lado, «esta premisa mayor sirve para, genéricamente, fundamentar la imputación de estas veinte personas» y; por otro lado, que su imputación «parece que se desprendería tan solo del dato objetivo de haber ostentado sucesivamente el cargo de director general de Presupuestos en la Consejería de Hacienda». Incluso critican que utilice el verbo «permitir», pues «es de una significación equívoca en su propia aceptación gramatical, puesto que lo mismo puede aludir a una acción que a una omisión». Por ello, concluyen que «si para la señora Álvarez entendimos necesaria una mayor precisión por parte de la señora juez de Instrucción, en el caso de estos dos recurrentes es igualmente necesaria». La Sala entiende de esta forma que, para «garantizar el derecho a la defensa» y «evitar que la instrucción se desarrolle a espaldas de quien luego pueda ser formalmente imputado o acusado», la instructora debe dictar «una nueva resolución» en la que se especifique los hechos delictivos que se les imputa. Asimismo, en otro auto los magistrados también dejan sin efecto la fianza civil de 46.666.666 euros que Alaya les impuso a estos dos ex altos cargos «por razones de simple y pura coherencia procesal», ya que los hechos en los que la jueza se basa para decretar esta medida, son los mismos que se recogían en la resolución ahora anulada. Ahora, la pelota está de nuevo sobre el tejado de Instrucción número 6.

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