La Audiencia de Palma ha acordado hoy mantener la imputación de la infanta Cristina por cooperación en dos delitos fiscales en el caso Nóos, de manera que la Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones particulares y popular podrán formular acusación contra ella y pedir que sea juzgada. Los magistrados Mónica de la Serna, Juan Jiménez y Diego Gómez Reino, han archivado la imputación por blanqueo de capitales que también había planteado el juez instructor, José Castro, quien tendrá en su mano la decisión de sentar en el banquillo a la hermana del Rey aunque solo lo solicite la acusación popular que ejerce Manos Limpias. En un auto dictado hoy por unanimidad de los tres jueces, la sección segunda de la Audiencia provincial ha resuelto los catorce recursos de apelación presentados por las partes personadas en el caso Nóos al escrito con el que el juez Castro concluyó la instrucción el pasado 25 de junio. La sección segunda estima parcialmente los recursos de la Fiscalía y de la defensa de la infanta, al archivar el delito de blanqueo. La imputación de la duquesa de Palma responde a presuntos delitos fiscales cometidos por la infanta como cooperadora en los ejercicios económicos de 2007 y 2008. El mantenimiento de la imputación de la infanta Cristina por dos delitos fiscales no implica necesariamente que vaya a sentarse en el banquillo de los acusados en el juicio del caso Nóos, algo que depende de nuevo de la decisión del juez que ha instruido la causa, José Castro. Después de que la Audiencia de Palma haya acordado hoy en un auto que mantiene la imputación de la infanta Cristina como cooperadora de delitos fiscales en 2007 y 2008, llega el turno de las acusaciones y será de nuevo el juez instructor quien regule esta fase intermedia del procedimiento abreviado. Tanto la Fiscalía Anticorrupción como las acusaciones particulares (la Abogacía del Estado en nombre de Hacienda, y la de la comunidad autónoma de Baleares en representación del Govern), y las populares (el sindicato Manos Limpias y el grupo socialista en el Ayuntamiento de Valencia) deberán presentar en cuestión de diez días sus escritos de acusación, donde concretarán a quienes acusan, de qué delitos y qué penas solicitan para ellos. Si las acusaciones mantienen las posiciones que han sostenido durante la instrucción, ni la Fiscalía ni las abogacías públicas acusarán a la hermana del Rey, y únicamente Manos Limpias formulará acusación contra ella. Ante este escenario, el juez Castro deberá dictar un auto de apertura de juicio oral, donde definirá qué personas irán a juicio y cuáles no, y tendrá que pronunciarse de nuevo sobre la infanta, han indicado a Efe fuentes jurídicas. El juez Castro puede entender que la acusación popular es suficiente para sostener la acusación contra la infanta por delito fiscal e incluirla en el auto de apertura de juicio oral, una decisión que implicaría que la duquesa de Palma se sentaría en el banquillo y ante la cual no cabe recurso. Pero, por contra, Castro podría considerar que la acusación popular no es suficiente. Existe el precedente de la llamada "doctrina Botín", fijada por el Tribunal Supremo en una sentencia de 2007 donde dijo que, en caso de delito fiscal, "no puede abrirse juicio oral solo a instancias de la acusación popular, sino que es necesario que lo inste bien el Ministerio Fiscal, bien la acusación particular". Si el juez Castro sobresee la causa en relación con la infanta Cristina en el auto de apertura de juicio oral, esta decisión se puede recurrir y de nuevo debería resolver la Audiencia de Palma. En el caso de que la Audiencia decidiera de nuevo que se puede llevar adelante la acusación, la infanta iría a juicio. Ante dicha situación, la defensa de la infanta podría plantear que se ha vulnerado el principio acusatorio, pero sería únicamente como cuestión previa al inicio del juicio oral, lo que se resolvería mediante un auto previo (interrumpiendo el juicio) o ya en la sentencia. Tras el definitivo auto de apertura de juicio oral, se dará trámite a las defensas, un nuevo paso del procedimiento que podría alargarse. Posteriormente, la Audiencia de Palma fijará la fecha para la celebración del juicio, una vista oral que dada la carga de trabajo de dicho organismo judicial no tendría lugar previsiblemente hasta finales de 2015 o principios de 2016. El tribunal de la Audiencia que juzgará a la infanta será designado por turno de reparto. Existe un listado que incluye a los ocho magistrados titulares de la Audiencia de Palma (Francisca Ramis, Gema Robles, Eleonor Moyà, Juan Pedro Yllanes, de la sección primera, y Diego Gómez-Reino, Mónica de la Serna, Ana María Camesselle y Juan Jiménez de la segunda), y podría corresponderle ser ponente a cualquiera de ellos, que designaría a quienes le acompañan para formar la sala. Ante el elevado número de encausados y su indiscutible interés mediático, el Tribunal Superior de Justicia de Baleares deberá habilitar la infraestructura y medios oportunos para la celebración del juicio. La Audiencia de Palma ha acordado hoy añadir un delito a las imputaciones que pesan sobre Iñaki Urdangarin en el caso Nóos, el blanqueo de capitales, que también atribuye a su exsocio Diego Torres y a la mujer de éste, Ana María Tejeiro. La sección segunda del tribunal provincial ha estimado el recurso de apelación interpuesto por el sindicato Manos Limpias, que ejerce la acusación popular en este caso, y ha acordado que se pueda imputar blanqueo de capitales a Urdangarin, Torres y Tejeiro, en un auto dictado hoy por unanimidad, en el que resuelve los catorce recursos interpuestos contra el auto de finalización de la instrucción del caso Nóos. La nueva imputación para Urdangarin supone que está acusado de nueve delitos: prevaricación, fraude, tráfico de influencias, malversación, fraude a Hacienda, falsedad, estafa, falsificación y blanqueo.