La Audiencia provincial de Sevilla ha desestimado el recurso de apelación impuesto por la Junta contra el primer auto dictado por la jueza que investiga presuntas irregularidades en ERE subvencionados en el que pedía las actas de las reuniones del Consejo de Gobierno de los últimos diez años. A cuentas de la petición de estos documentos, que tras varios ultimátum de la magistrada la Junta envió lacrados y se encuentran custodiados en el juzgado, la Junta planteó un requerimiento de inhibición de la jueza, Mercedes Alaya. Considera que las actas son secretas y Alaya no tiene competencias para levantar ese secreto.
El requerimiento de inhibición debe ser elevado por la jueza al Tribunal de Conflictos de Jurisdicción, dependiente del Supremo, pero Alaya paralizó este trámite mientras la Audiencia resolviera los sucesivos recursos de apelación presentados por la Junta a todos sus autos en los que exigía las actas. Así, el auto de la Audiencia no entra en las alegaciones relativas al requerimiento de inhibición pero sí señala que la petición de la jueza está “justificada, no siendo arbitraria ni caprichosa”. Y subraya que la Ley de Gobierno de Andalucía declara “reservado” los “documentos y lo declarado secreto son las deliberaciones, nada de lo cual debe aparecer”, según se desprende de la ley “en las actas, que son lo único reclamado” por la jueza.
La Audiencia reconoce que aunque en su primer auto del 21 de marzo Alaya “no es muy explícita en el razonamiento” de su petición, el examen de la documentación aportada previamente sobre el caso ERE “permite entender de forma suficiente los motivos” por los que pide las actas, y recuerda que en un auto posterior del 31 de marzo “perfila y define el alcance de su requerimiento” y “explica de forma pormenorizada las razones por las que solicita dichas actas con el contenido que fija”.
La Audiencia pone de relieve que Alaya aclara que “solicita solo los acuerdos y demás circunstancias que deben figurar en dichas actas” y que incorporará a la causa solo las que “sean relevantes para la investigación”. Además subraya, en contra de las alegaciones de la Junta, que tal petición no vulnera el derecho de los miembros del Gobierno a acogerse, en caso de tener que declarar, a la dispensa reconocida por ley de no hacerla para no vulnerar su deber de secreto. “La eficacia probatoria de un documento legalmente obtenido es distinta de un testimonio. Nada impediría en su caso que, quien llamado a declarar como testigo, se viera en la tesitura de vulnerar su deber de secreto, pueda acogerse al derecho que le concede el artículo 417 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”.
Por todo ello, desestima el recurso de apelación de la Junta, sobre el cual se posicionaron las partes personadas y mientras la defensa del exconsejero de Empleo Antonio Fernández, se alineó con la petición de la Junta, el PP, Manos Limpias, la Fiscalía y los letrados del exdelegado provincial de Empleo Antonio Rivas y del exdirector general de Trabajo Jaier Guerrero (ambos imputados, al igual que Fernández), se posicionaron en contra.
Fuentes de la Junta de Andalucía mostraron su “sorpresa” por conocer por la prensa la información sobre la decisión de la Audiencia cuando su resolución aún no le ha sido notificada. No obstante, defendieron que la cuestión de fondo, es decir, si procede o no que el juzgado acceda a las actas, debe resolverla el Supremo al haber presentado la Junta con requerimiento de inhibición.
Desde el Gobierno andaluz se mostraron en contra de que Alaya haya suspendido la elevación del conflicto al Supremo hasta que la Audiencia resuelva todos los recursos contra sus autos “ya que no hay norma legal alguna que apoye dicha suspensión o paralización”. Por ello, reitaron su petición a la jueza para que eleve el requerimiento al Supremo sin más dilación “pues sería absolutamente contrario a derecho no tramitar el conflicto y, por lo tanto, el acceso a las actas por parte del juzgado no podrá realizarse sin haber solventado previamente el conflicto planteado”.
Las 480 actas de los Consejos de Gobierno de la última década permanecen custodiadas desde el pasado 7 de abril en un armario acorazado en el juzgado de instrucción número 6 de Sevilla que dirige Mercedes Alaya. Tras un cruce de escritos judiciales entre la magistrada y la Junta, el 4 de abril Alaya dictó un auto en el que daba 48 horas al Ejecutivo andaluz para remitirle la documentación bajo apercibimiento de incurrir en un delito de desobediencia. Instó a la Junta a remitir las actas en sobres cerrados y lacrados para custodiadas en su juzgado, como medida cautelar, mientras se resolviera el conflicto, con el fin de evitar que “pudieran alterarse”, una insinuación que indignó al Gobierno andaluz.