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La Audiencia imputa a la madre del autor del atropello de Paseo de Colón

La Audiencia cree que es cooperadora de un delito contra la seguridad del tráfico porque sabía que él le cogía el coche, pese a tener el carné retirado.

el 19 jul 2010 / 20:23 h.

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La Audiencia Provincial de Sevilla ha estimado el recurso que presentaron las familias de las dos jóvenes que murieron atropelladas en el Paseo de Colón la madrugada del Domingo de Resurrección, por lo que ha imputado a la madre del conductor, que era la propietaria del vehículo con el que se cometió el doble atropello, como cooperadora necesaria de un delito contra la seguridad del tráfico, tal y como pedían las acusaciones.

Según informaron fuentes del caso, la Audiencia cree que la madre del joven, que se encuentra en prisión preventiva desde que ocurrieron los hechos, permitía conducir su vehículo, un Renault Clio, a su hijo, pese a que éste tenía retirado el carné por acumulación de sanciones. La mujer estuvo imputada al principio de la investigación por el Juzgado de Instrucción número 9, pero finalmente el magistrado sólo imputó al joven, F. V. C., por dos delitos de homicidio imprudente, dos contra la seguridad del tráfico, dos delitos de omisión del deber de socorro y uno contra el patrimonio. Este último ya no le será implicado, al ser incompatible con la imputación de la madre, pues se entiende que no le sustrajo el coche, sino que lo cogió con su permiso.

El abogado de la familia de Almudena González, Ignacio Bidón, presentó a la Audiencia un informe de la Policía Científica, en el que se concluía que en el asiento del piloto "tan sólo se había encontrado un único perfil genético", el del joven imputado, mientras que en el del copiloto "se habían encontrado dos", sin que ninguno de ellos perteneciera al joven. De esta forma, el letrado destacaba en su escrito que el día antes de los hechos, cuando ambos viajaron hasta Cazalla de la Sierra en el vehículo, "la madre iba en el asiento del copiloto y que el que iba conduciendo era su hijo", una versión contradictoria con la que los dos dieron en sus declaraciones ante el juez. La madre dijo entonces que "le tenía terminantemente prohibido conducir el vehículo". Sin embargo, el letrado concluye que, en vista del informe pericial de la Policía, "es obvio que la madre le tenía permitido conducir su vehículo y que el conductor habitual era F. V. C."

De esta forma, el abogado tendrá que presentar de nuevo su escrito de acusación, en el que reclamaba 12 años de cárcel para el joven por dos delitos de homicidio por imprudencia grave, dos contra la seguridad del tráfico, uno de omisión del deber de socorro y otro contra el patrimonio. Ahora, tendrá que eliminar el último delito que le imputaba al joven e incluir en su escrito a la madre como cooperadora necesaria de un delito contra la seguridad del tráfico. El fiscal, que se adhirió al recurso de las familias, también tendrá que presentar ahora su escrito de calificación, basándose en esta nueva imputación.

La Audiencia también ha desestimado un recurso presentado por la defensa del joven contra su imputación, que ha sido rechazado, y también ha aclarado que la compañía aseguradora, llegado el caso, tendrá que hacerse cargo de forma subsidiaria de las responsabilidades civiles.
Almudena González, de 30 años y vecina de Mairena del Aljarafe, y Patricia Alfaro, de 26 años y de Madrid, fallecieron el 4 de abril después de ser arrolladas por un vehículo cuando cruzaban un paso de peatones.

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