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La Audiencia investiga al torero Paco Camino por la venta de una finca en Camas

el 21 jun 2010 / 15:17 h.

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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha  ordenado investigar al torero Francisco Camino al entender que  existen indicios de delito en una operación urbanística por la que el  torero vendió una finca localizada en la localidad de Camas a una  promotora por un millón de euros, ya que habría vendido la referida  finca sin informar de que pesaba sobre ella un embargo a favor de  Caja España de Inversiones.  

En auto fechado a 29 de abril de 2010, al que ha tenido acceso  Europa Press, la Audiencia Provincial revoca el auto de archivo  decretado en noviembre de 2009 por el Juzgado de Instrucción número  16 de Sevilla, estimando de esta manera el recurso elevado por la  entidad Promociones Nogon S.L., ya que considera que "existen  indicios de la realización de unos hechos con relevancia penal".  

En este sentido, relata que la entidad denunciante celebró un  contrato de compraventa "ciertamente complejo" en diciembre de 2004  por el que adquiría del torero una finca, "sobre la que pesaban  ciertas cargas y gravámenes", abonando para ello un millón de euros,  todo ello "con el compromiso expreso de que las mismas serían  levantadas por el vendedor, debiendo tener su reflejo en el Registro  de la Propiedad, lo que no ha acontecido".  

Igualmente, la Sala añade que, "como quiera que el destino de la  finca rústica fuera la ulterior edificación, se fijaban una serie de  pactos por los que el vendedor colaboraría en una recalificación que  lo permitiera, fijándose diversas partidas de dinero dependiendo de  que tal objetivo se cumpliera", tal y como anuncia en su edición de  hoy el rotativo 'El Mundo'.  

EMBARGO A FAVOR DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES

No obstante, llama la atención sobre el hecho de que el 24 de  abril de 2008 consta en el Registro de la Propiedad "la anotación  preventiva de un embargo ulterior, a favor de Caja España de  Inversiones", y dice que "resulta preciso conocer, entre otros  extremos, la causa de la misma, y muy concretamente si ésta es  anterior o posterior a la venta del inmueble".  

Tras añadir que "debe concordarse con el instructor que el  incumplimiento de las cláusulas del contrato, en concreto el  compromiso del levantamiento de las cargas que pesaban sobre la finca  en el momento del otorgamiento de la escritura pública, así como las  vicisitudes de la posterior cesión de derechos, ostentan un carácter  civil", la Sala precisa que "no se encuentra en el mismo supuesto la  anotación preventiva de un embargo ulterior a favor de Caja España de  Inversiones".   

Por todo ello, estima la Audiencia Provincial que "existen  indicios de la realización de unos hechos con relevancia penal", por  lo que el archivo de la causa "no resulta posible, debiendo continuar  la instrucción para alcanzar su esclarecimiento".

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