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La Audiencia Nacional ve ilegal el Algarrobico

La Audiencia Nacional ha ratificado por tercera vez que la orden del Ministerio de Medio Ambiente de 8 de noviembre de 2005 que amplió hasta los 100 metros la zona de servidumbre en el paraje de El Algarrobico (Almería) se ajusta a derecho. Foto: El Correo.

el 15 sep 2009 / 20:02 h.

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La Audiencia Nacional ha ratificado por tercera vez que la orden del Ministerio de Medio Ambiente de 8 de noviembre de 2005 que amplió hasta los 100 metros la zona de servidumbre en el paraje de El Algarrobico (Almería) se ajusta a derecho. El fallo señala que los terrenos "en litigio" donde se asienta el hotel de Azata del Sol estaban clasificados como C1 -Áreas Naturales de Interés General- y contaban con dos figuras de protección en la fecha en que fue aprobado el Plan Parcial de urbanismo para esa zona, frente a lo sostenido por Consejería de Medio Ambiente. Este nuevo revés al hotel llega después de que un juez de Almería declarara nula en septiembre la licencia de obras del edificio.

La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, desestima el recurso interpuesto por la promotora del hotel en los mismos términos en los que se fundamentaron fallos precedentes de la Audiencia Nacional contra las demandas del Ayuntamiento de Carboneras y un particular, que perdieron sus procesos febrero y julio de 2008, respectivamente.

La magistrada ponente, Elisa Veiga, considera probado que Plan Parcial del sector R-5 se aprobó en mayo de 1988 y, por tanto, con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley de Costas por lo que, en este caso, sería de aplicación la Disposición Transitoria Tercera del la citada normativa que obliga a revisar y aplicar la servidumbre de 100 metros frente a los 20 metros inicialmente aprobados para la construcción del inmueble. El hotel está construido a unos 40 metros de la línea de costa.

La jueza rechaza que concurran los requisitos recogidos en la Disposición Transitoria Novena de la ley y va más allá de las sentencias precedentes que no consideran el paraje suelo urbano hasta el año 2003 al asegurar que cuando se implantó el deslinde en 2006 "los terrenos objeto de pleito aún no habían alcanzado tal clasificación".

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