La Audiencia rechaza el recurso de la Junta contra la imputación de 20 altos cargos del caso ERE

Critica la "innecesariedad" de la actuación de la Junta, personada como acusación en el caso.

el 21 nov 2013 / 18:26 h.

La Audiencia Provincial de Sevilla ha desestimado el recurso de  apelación presentado por la Junta de Andalucía contra el auto en el  que la juez Mercedes Alaya imputaba a 20 cargos y excargos de la  Administración autonómica, entre ellos la exconsejera de Economía y  Hacienda entre los años 1994 y 2004, exministra de Fomento y actual  vicepresidenta del Banco Europeo de Inversiones (BEI), Magdalena  Alvarez, en el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE)  irregulares. Así lo dictamina la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de  Sevilla en auto dictado este jueves, al que ha tenido acceso Europa  Press, en el que critica la "innecesariedad" de la actuación de la  Junta, personada como acusación en el caso, pues con este recurso  "viene materialmente a realizar labores propias de una defensa". El tribunal pone de manifiesto que en este caso "no está en  discusión la legitimación de la Junta como acusación particular",  aunque "otra cosa es que se dote a sí misma" de una 'especial  posición de garante del proceso' --tal y como subraya la  Administración autonómica en su recurso-- "al modo que  institucionalmente, conforme a la Constitución y a las leyes, en  relación con la jurisdicción y en el seno del proceso, especialmente  el penal, ostenta el Ministerio Público, quien, por cierto, solicita  la confirmación del auto". "No es el caso de la Junta, que no es parte institucional ni  necesaria en el proceso penal como lo es el Ministerio Público, sino  que interviene como una acusación particular más que legítimamente  podrá defender sus intereses particulares, pero que no puede  arrogarse potestades o facultades en el seno del proceso penal que no  le corresponden", asevera la Audiencia. LA JUNTA SE "ANTICIPA" A LA ACTUACION DE LOS AFECTADOS POR EL AUTO La Sala recuerda, en este sentido, que la Junta alegó la nulidad  del auto en cuestión "por falta de motivación", para lo cual "invoca  su derecho a la tutela judicial efectiva ante una posible posterior  anulación por alegaciones de las defensas de los imputados", de  manera que "lo que realmente está haciendo de hecho es anticiparse a  una eventual actuación de las personas afectadas por la resolución  recurrida de entender las mismas que han sido vulnerados sus propios  derechos fundamentales, para lo que en verdad carece de legitimación  la apelante por no ser la titular de los derechos que pudieran  estimarse afectados". En esta línea, la Audiencia señala que "el riesgo de nulidad que  intenta enervar" la Junta "no se dará si ninguna de las personas  afectadas lo recurre, a lo que se suma que "si alguna ellas lo  impugnase --como consta a este tribunal que, al menos, una lo ha  hecho-- ese derecho fundamental ya estaría defendido por quien  realmente ostenta su titularidad". "INNECESARIEDAD" DEL RECURSO DE LA JUNTA Así, "puede alegarse igualmente la innecesariedad de la actuación  de la Junta que, no obstante haberse constituido en la causa como  parte acusadora, con la interposición de este recurso --lo que  decimos con todos los respetos, pero hemos de afirmarlo-- viene  materialmente a realizar labores propias de una defensa, de lo que es  buena muestra el segundo motivo por el que defiende la legalidad del  'uso' de las transferencias de financiación". "Podríamos comprender, lo que decimos en abstracto y a los solos  efectos dialécticos, que una acusación particular no vea razonable la  ampliación del objeto o de los sujetos del proceso, pero ello tendría  encaje más razonable desde un punto de vista procesal en el apoyo al  recurso de un imputado", pero "no en la formulación de un recurso  propio contra la decisión" de la juez Mercedes Alaya. Tras señalar que "lo que pudo ser causa de inadmisión a trámite  del recurso de apelación, en este momento es causa de su  desestimación", la Sección Séptima pone de manifiesto, igualmente,  que "buena muestra de la confusión de planos procesales habida en el  planteamiento del recurso son las adhesiones al mismo, formuladas  solamente por cuatro imputados, dos de ellos, a mayor abundamiento,  ni siquiera afectados por el auto" del pasado 28 de junio. LAS ADHESIONES AL RECURSO De este modo, se adhirieron al recurso de la Junta los abogados  del exviceconsejero de Innovación, Ciencia y Empresa Jesús María  Rodríguez y del exinterventor delegado de Empleo Juan Luque --ambos  imputados en el auto recurrido--, así como los letrados del  exdirector general de Trabajo Daniel Alberto Rivera y del exconsejero  de Empleo Antonio Fernández, que habían sido imputados con  anterioridad al auto de 28 de junio. Sobre este particular, la Audiencia Provincial considera que "no  cabe adhesión" al recurso de apelación en fase de instrucción en el  seno de un procedimiento abreviado, de manera que tales adhesiones  "deberán equipararse a petición de estimación del recurso sin que, en  caso de haber transcurrido para los adheridos el plazo para recurrir  el auto controvertido, puedan añadir pretensiones propias o  específicas". En segundo lugar, indica que, "en cualquier caso, lo que se dice a  los solos efectos dialécticos, de admitirse la posibilidad de  adhesión al recurso, desestimando el recurso principal por razón de  falta de legitimación de la recurrente, obviamente decaerían las  adhesiones". Además de Magdalena Alvarez, entre los imputados en el auto de 28  de junio figuran el exviceconsejero de Presidencia y director general  de Presupuestos entre el 21 de abril de 2002 y el 26 de abril de  2009, Antonio Lozano; el exinterventor general de la Junta de  Andalucía Manuel Gómez Martínez; los exviceconsejeros de Economía y  Hacienda, José Salgueiro; de Innovación, Ciencia y Empresa, Jesús  María Rodríguez y Gonzalo Suárez, y de Empleo, Justo Mañas, así como  al actual director general de la Agencia de Innovación y Desarrollo  de Andalucía (IDEA), Antonio Valverde, y a sus antecesores en el  cargo Miguel Angel Serrano y Jacinto Cañete. Alaya también imputó al exsecretario general técnico de las  consejerías de Empleo y de Innovación Juan Francisco Sánchez García,  quien también fue posteriormente director de Administración y  Finanzas de IDEA; y a los también exsecretarios generales de la  Consejería de Empleo Javier Aguado y Lourdes Medina, así como al  exsecretario general de Hacienda Antonio Estepa. LA AUDIENCIA YA ANULO PARCIALMENTE LA IMPUTACION DE MAGDALENA  ALVAREZ De igual modo, fueron imputados el exdirector general de  Presupuestos Buenaventura Aguilera; al actual interventor delegado en  Empleo, Juan Luque; a los exdirectores generales del IFA Antonio Lara  y Francisco Mencía, y a los exdirectores generales de Finanzas del  propio IFA Pablo Millán y Juan Vela. Cabe recordar que, a finales del pasado mes de octubre, la  Audiencia Provincial de Sevilla anuló parcialmente el auto de 28 de  junio en lo referente a la imputación de la exconsejera Magdalena  Alvarez, solicitando a la juez que dictara una nueva resolución en  relación a la exministra en la que "concretara" y "precisara" los  hechos que le atribuye. Tras ello, la magistrada dictó un auto en el que citó nuevamente a  declarar como imputada a Magdalena Alvarez el día 7 de noviembre "a  fin de colmar la exigencia de su derecho de defensa" y "por si  quisiera ampliar algún extremo" de su primera declaración, prestada  el 8 de octubre. Este nuevo auto de la juez ha sido igualmente  recurrido por el abogado de la exconsejera ante la Audiencia.

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