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La biblioteca del Prado y el poder de rediseñar la ciudad

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) acaba de dictar una sentencia en la que acepta la petición de un colectivo vecinal para paralizar la construcción de la nueva biblioteca de la Universidad de Sevilla en El Prado de San Sebastián...

el 16 sep 2009 / 04:35 h.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) acaba de dictar una sentencia en la que acepta la petición de un colectivo vecinal para paralizar la construcción de la nueva biblioteca de la Universidad de Sevilla en El Prado de San Sebastián. Al margen de las consideraciones que puedan esbozarse sobre la decisión, los fundamentos que sustentan el fallo requieren un análisis sosegado sobre sus repercusiones, más aún tras comprobar la disparidad de valoraciones que éste ha provocado entre los ciudadanos.

Pese la expectación creada, la sentencia dictada por el TSJA no es firme. Esa apreciación, trasladada a la práctica, se traduce en que las obras iniciadas en el solar de El Prado no se han paralizado. Es más, la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, a la que represento en Sevilla como delegado provincial en funciones, ya ha anunciado que interpondrá el preceptivo recurso de casación ante el Tribunal Supremo, una iniciativa a la que se han adherido el Ayuntamiento de Sevilla y la propia Universidad de Sevilla. Es por tanto arriesgado aventurar que el proyecto esté abocado a su fracaso hasta que se produjese la hipotética confirmación del fallo por el máximo órgano que contempla nuestro ordenamiento jurídico.

Al margen de esa puntualización, la decisión del TSJA obligaría a replantear fundamentos que parecían asumidos como prácticas habituales en la actuación de las Administraciones Públicas. El más importante, sin duda, atañe a la potestad de los ayuntamientos, en este caso el de Sevilla, para determinar, en el marco de las competencias que la ley les atribuye, las líneas maestras de su propio planeamiento urbanístico.

No hace falta reseñar, a estas alturas, que esa actuación debe estar regida en todo momento por el escrupuloso respeto a la normativa vigente, evitando de esa forma cualquier atisbo de irregularidad. Sin embargo, la sentencia cuestionaría la capacidad de los consistorios para redefinir el diseño de sus propios municipios, de sus prioridades, y la respuesta a las necesidades sociales en su ámbito de actuación, en aras siempre del interés general de sus ciudadanos.

Dicho de otro modo, lo que se somete a revisión es la potestad del Ayuntamiento de Sevilla, ratificada por la Junta de Andalucía en su día, de otorgar la condición de uso educativo a un solar calificado como zona verde en un planeamiento urbanístico anterior. Poner en duda ese criterio, que persigue dotar a la ciudad de una infraestructura necesaria en un enclave privilegiado, supondría negar la condición de los municipios como espacios vivos, en continua actualización, y cuestionar los mecanismos que le permiten adaptarse a los retos del presente y, más aún, del futuro. En este caso, la decisión de redirigir la utilización del suelo contaba con el respaldo del Consistorio de Sevilla, de la Administración andaluza y de la propia Universidad de Sevilla, la impulsora del proyecto.

El fallo, por añadidura, somete también a examen la definición del interés general. Con el máximo respeto hacia el colectivo vecinal que impulsa la actuación judicial y su derecho indudable a ejercerla, sería conveniente analizar si su posición compensa al volumen de población afectada por la paralización del proyecto de la biblioteca, en el caso de que finalmente se produzca. Ese interés general, por pura definición, lo defienden también el Ayuntamiento de Sevilla y la Junta de Andalucía, que ya contemplaron el beneficio ciudadano como argumento principal para variar la calificación de la zona sobre la que se acometen las obras.

Son sólo algunas de las consideraciones que se desprenden de una sentencia que, insisto, no ostenta la condición de definitiva y sobre la que ahora deberá determinar el Tribunal Supremo.

Secretario general técnico de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio y delegado provincial en funciones.

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