Local

La CNE no analizará el pacto entre Pemex y Sacyr en Repsol

el 29 sep 2011 / 17:13 h.

TAGS:

El consejo de administración de la Comisión Nacional de la Energía  (CNE) ha decidido que no le corresponde iniciar un análisis del  acuerdo de sindicación de participaciones entre Pemex y Sacyr en  Repsol, anunció el regulador en un comunicado.

El organismo presidido por Alberto Lafuente ha adoptado esta  decisión tras una reunión de casi cinco horas iniciada a las diez de  la mañana y apenas suspendida para el almuerzo, en la que se ha  abordado el informe del consejero Tomás Gómez acerca de la  sindicación de un 29,8% del capital de Repsol entre la cosntructora  presidida por Luis del Rivero y la petrolera mexicana.

En concreto, el consejo ha decidido "desestimar la solicitud de  Repsol de requerir a Pemex para que presente ante la CNE la solicitud  de autorización administrativa para incrementar su participación" en  la petrolera española.

Esta medida es fruto de un análisis de la Función 14, en la que se  alude a la obligatoriedad de empresas extracomunitarias de solicitar  autorización al regulador cuando compren participaciones superiores  al 20% o significativas en grupos energéticos nacionales que  desarrollen actividades reguladas.

La CNE considera que esta función requiere que se adquieran  participaciones "en una sociedad que, por sí o por medio de otras que  pertenezcan a su grupo de sociedades, desarrolle alguna de las  actividades o sea titular de alguno de los activos mencionados en el  apartado", esto es, las sometidas a regulación.

GAS NATURAL FENOSA.

Tras analizar los criterios utilizados en casos anteriores, el  regulador entiende que las actividades de Repsol no entran dentro de  estas categorías, pero se pregunta por el caso de Gas Natural Fenosa,  que sí tiene negocios regulados y que está participada en un 30% por  la petrolera.

En este sentido, la CNE reconoce que Repsol ostenta una posición  de control conjunto con La Caixa en Gas Natural Fenosa, pero estima  que las actividades del grupo presidido por Salvador Gabarró no  resultan imputables como propias a la petrolera a los efectos de la  Función 14.

Esta apreciación se debe a que "Repsol y Gas Natural Fenosa no  forman parte, en sentido estricto, del mismo grupo empresarial, en  los términos en que éste viene definido por la legislación  mercantil", afirma.

"RELACION DE GRUPO".

La CNE considera que en la aplicación de la Función 14 no basta  cualquier relación de dependencia entre la sociedad en la que se  adquieren participaciones y la sociedad que desarrolla las  actividades reguladas, sino que debe existir una vinculación  "especialmente cualificada", esto es, una "la relación de grupo".

La CNE también advierte que la legislación incluye ahora  expresamente una referencia al criterio de la concertación, pero no  en alusión a la sociedad en la que se adquieren las participaciones,  sino sólo a la adquirente.

En alusión a este aspecto, el regulador considera que si al  concepto de grupo se le aplica un concepto más amplio como el que  desea Repsol se produciría "inevitablemente" una interpretación  "extensiva" de una norma "limitativa de derechos" y, de este modo,  "una determinación incierta e insegura de los contornos de su ámbito  de aplicación".

PROTECCION DE GAS NATURAL FENOSA.

Por último, el regulador entiende que una interpretación estricta  del concepto de grupo en la Función 14 "en modo alguno implica que se  dejen desprotegidas las actividades reguladas que desarrolla Gas  Natural Fenosa", ya que esta función "no es la única potestad que  ostenta este organismo regulador en orden a la tutela de las  actividades reguladas".

De hecho, indica, el ejercicio de las actividades reguladas está  legalmente sometido a una regulación normativa particularmente  intensa que incluye la capacidad de la CNE de inspección, obtención  de información y, en su caso, de propuesta de sanción.

En todo caso, aclara que una eventual adquisición directa de  participaciones en Gas Natural Fenosa estaría "indiscutiblemente"  sometida a la aplicación de la Función 14.

  • 1