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La Fiscalía de Sevilla abre diligencias por la entrega de la custodia de un menor a un condenado por maltrato

el 23 mar 2011 / 14:09 h.

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La Fiscalía de Sevilla ha decidido abrir diligencias informativas  en torno a la decisión adoptada por el Juzgado de Violencia sobre la  Mujer número 2 de otorgar la guarda y custodia de un niño de cuatro  años de edad diagnosticado de varias enfermedades a su padre, sobre  el que pesa una condena de nueve meses de prisión por maltratar a su  ex pareja sentimental y madre del pequeño.  

En este sentido, fuentes del Ministerio Público han informado a  Europa Press de que la madre del pequeño presentó recientemente una  queja ante el departamento de María José Segarra por el hecho de que  el Juzgado de Violencia sobre la Mujer referido haya entregado la  guarda y custodia del menor a su padre, tras todo lo cual la Fiscalía  decidió abrir diligencias informativas al objeto de analizar el caso.  


Así, las mismas fuentes han precisado que las diligencias se han  abierto en base al artículo quinto del Estatuto Orgánico del  Ministerio Fiscal, y tienen por objeto estudiar la "queja"  interpuesta por la madre del pequeño --que el próximo mes de junio  cumplirá cinco años de edad-- "y ver si se puede hacer algo para  devolverle la custodia" a la progenitora.  

Mediante un decreto fechado el pasado día 14 de marzo, al que ha  tenido acceso Europa Press, el Juzgado referido acuerda que la madre  del menor de edad comparezca en la sede judicial al objeto de hacer  entrega del pequeño, "debiendo entregar igualmente las ropas,  medicamentos y demás enseres del menor", añadiendo además que, "en  aras a que el cambio de la guarda y custodia se produzca sin causarle  perjuicios al pequeño, se requiere expresamente" a la madre "para que  cumpla el requerimiento de forma voluntaria y pacífica".  

"En caso contrario, se procederá al cumplimiento de la entrega de  guarda y custodia al padre con auxilio de la Fuerza Pública, y ello  sin perjuicio de deducir testimonio al Juzgado de Instrucción por  desobediencia a la autoridad judicial", según prosigue el decreto,  que, de este modo, da cumplimiento al auto de 21 de febrero de 2011  por el que el juez acordó esta medida después de celebrar una vista a  tal efecto en la que tanto el fiscal como el abogado del padre,  identificado como José Luis S.E., se pronunciaron a favor de otorgar  la custodia a este último.  

En este sentido, fuentes del caso han explicado a Europa Press que  se da la circunstancia de que el auto judicial se emitió después de  que la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial dictara una  sentencia, con fecha 11 de febrero de 2011, en la que condena al  progenitor a nueve meses de prisión por maltratar a la madre y ex  pareja sentimental, a lo que se suma además que el menor está siendo  tratado en la unidad de Psiquiatría Infantil del Hospital Virgen  Macarena y sufre "diarrea crónica, síndrome de colon irritable,  hipoglucemia e intolerancia a la lactosa", según los partes médicos  facilitados a Europa Press.  

"INCUMPLIMIENTOS REITERADOS" DE LA MADRE

Pues bien, el pasado día 17 de febrero el Juzgado de Violencia  sobre la Mujer número 2 celebró una comparecencia en la que tanto el  Ministerio Público como el abogado del padre interesaron el cambio de  guarda y custodia a favor de éste último, tras lo cual el juez dictó  un auto en el que adoptaba como medida "cautelar" atribuir la  custodia al progenitor --"que ha visto a su hijo durante 19 horas en  los últimos cuatro años"--, siendo la patria potestad compartida por  ambos. Asimismo, acordó dejar sin efecto la obligación del padre de  abonar la pensión de alimentos por importe de 500 euros y declara la  obligación de la madre de abonar 250 euros.  


En el auto, el juez llama la atención sobre "los incumplimientos  reiterados de la madre" de acudir al punto de encuentro, lo que  motivó que se le impusiera una multa coercitiva en julio de 2010, y  señala que, "pese a ello, no se llevaron a cabo las visitas tuteladas  previstas para el 9 de septiembre, 14 y 28 de octubre", señalando que  los técnicos del punto de encuentro "dejaban constancia de que se ha  podido observar una evolución positiva en la adaptación del menor a  los encuentros con su padre, mostrándose el mismo sonriente, dinámico  y participativo".  

Así, los técnicos "aconsejaron que, para la progresión del régimen  de visitas, las mismas se pudieran efectuar en un entorno más natural  y, por ende, fuera del punto de encuentro, lo que le fue notificado a  la madre el 22 de octubre de 2010". Tras ello, y según prosigue el  juez, "las incomparecencias de los días 11 y 25 de noviembre y 2 de  diciembre de 2010 se justificaron alegando una diarrea intermitente,  y las de los días 9 y 16 de diciembre aportando partes médicos",  hasta que el 22 de diciembre de 2010 "el abuelo materno manifestó al  punto de encuentro que su nieto no acudirá a ninguna visita prevista  mientras el Juzgado no se pronuncie".  

"FALTA DE COLABORACION"

Tras resaltar "la falta de colaboración" de la madre, el juez dice  que "no es dable utilizar la enfermedad que pudiera sufrir el menor  como mecanismo para evitar el contacto con su padre, llegando a  difuminar la figura paterna hasta el punto de que el menor llame a su  abuelo 'papá'", agregando que, "si bien es cierto que el menor estuvo  ingresado algunos días de noviembre en el Macarena, ello no puede  suponer una generalización del estado de salud del mismo que le  imposibilite de forma crónica y reiterada para acudir al punto de  encuentro".  

El hecho "de haber dejado de acudir al colegio en el primer  trimestre en 18 ocasiones no supone un absentismo ni tampoco una  situación de enfermedad prolongada en el tiempo, más allá de algunos  episodios concretos", añade el juez en el auto, en el que asevera que  "lo que se está poniendo al descubierto es un evidente problema de  aptitud de la madre para cumplir con el conjunto del papel que  conlleva ser guardador y custodio exclusivo del hijo", por lo que  acuerda dar la custodia al padre.


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