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La Fiscalía no recurre la condena de dos años y medio a Ortega Cano

Entiende que, en este caso, no se han vulnerado derechos fundamentales.

el 13 ene 2014 / 17:52 h.

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El exdiestro Ortega Cano llega al Juzgado para la última sesión del juicio por la muerte de Carlos Parra en accidente de tráfico. El exdiestro Ortega Cano llega al Juzgado para la última sesión del juicio por la muerte de Carlos Parra en accidente de tráfico. La Fiscalía de Sevilla ha decidido no recurrir la sentencia de la  Audiencia Provincial que confirmó la condena de dos años y seis meses  de cárcel impuesta al extorero José Ortega Cano por el accidente de  tráfico ocurrido en mayo de 2011 en el que falleció Carlos Parra,  según han informado a Europa Press fuentes judiciales. En este sentido, las mismas fuentes consultadas han explicado que  el Ministerio Público ha descartado la posibilidad de recurrir en  amparo ante el Tribunal Constitucional la sentencia de la Sección  Primera de la Audiencia Provincial al entender que, en este caso, no  se han vulnerado derechos fundamentales. Además, la Fiscalía ha valorado que, finalmente, la Audiencia  Provincial de Sevilla haya condenado al acusado por los tres delitos  que le imputaba desde un principio el Ministerio Público, como son un  delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducir bajo la  influencia de bebidas alcohólicas y un delito de homicidio por  imprudencia grave en concurso con un delito por conducción  temeraria. Hay que recordar que la Fiscalía hispalense, al igual que la  acusación particular, sí recurrió la primera sentencia del Juzgado de  lo Penal número 6 y pidió elevar la condena a cuatro años de prisión,  pues consideraba que la conducta "desastrosa" del acusado tuvo como  "única causa" la "intoxicación etílica" que presentaba en el momento  de los hechos, argumentando que "no hay ninguna prueba de alteración  o manipulación" de la muestra de sangre que se le extrajo y cuyo  análisis arrojó un resultado de 1,26 gramos de alcohol por litro en  sangre. En su recurso, y a fin de demostrar que no se rompió la cadena de  custodia de la sangre extraída y analizada por el Instituto Nacional  de Toxicología, el fiscal de Seguridad Vial, Luis Carlos Rodríguez  León, solicitó la celebración de una vista de apelación en la que  declarasen como testigos un enfermero y un celador del Hospital  Virgen Macarena donde ingresó el condenado en estado grave tras  provocar el accidente mortal, prueba esta que la juez de lo Penal  número 6 denegó en el juicio.

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