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La Fiscalía y el Supremo no ven impedimento en el traslado de Garzón a la CPI

el 18 may 2010 / 12:16 h.

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La Fiscalía y la Sala Segunda del Tribunal Supremo no ven ningún impedimento para que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) declare en situación de servicios especiales al juez Baltasar Garzón y éste pueda ocupar en la Corte Penal Internacional (CPI) un puesto de consultor externo.

En el escrito que ha remitido hoy al CGPJ, la Fiscalía afirma que no hay impedimentos legales para que Garzón, pese a haber sido suspendido cautelarmente de sus funciones en la Audiencia Nacional, pueda ser declarado en situación de servicios especiales.

Por su parte, el informe que ha enviado también hoy al Consejo la Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) señala que no se han adoptado en ninguna de las causas abiertas contra Garzón en el alto tribunal "medidas cautelares que impidan la residencia fuera de España del mencionado magistrado".

La Fiscalía del TS es más explícita al señalar que la posibilidad de que el CGPJ declare en situación de servicios especiales a un juez provisionalmente suspendido "no puede estimarse legalmente impedida por la Ley Orgánica del Poder Judicial".

Además, afirma que la declaración de servicios especiales para un puesto que no comporta el efectivo ejercicio de jurisdicción, ni se vincula al mismo, resulta "materialmente irrelevante" a los efectos de la finalidad que persigue la suspensión cautelar.

En este sentido, indica que la futura actividad a desarrollar por Garzón durante siete meses en el cargo de consultor externo de la CPI "no es de ningún modo jurisdiccional y sí, con carácter exclusivo, la de asesor legal de la Fiscalía" de este órgano, situación que -resalta- no supone ningún tipo de inmunidad procesal.

 "El fiscal no halla obstáculo para que pueda pasar el magistrado suspenso a la mencionada situación de servicios especiales", concluye el informe firmado por el teniente fiscal del TS, Juan José Martín-Casallo, que recuerda además que el Ministerio Fiscal ha considerado inocente a Garzón en su calificación provisional de los hechos imputados al juez por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo.

Por último, la Fiscalía indica que "razones de coherencia" imponen al Ministerio Fiscal el deber de promover un criterio interpretativo restrictivo en relación con las medidas provisionales o cautelares, como lo es la suspensión de Garzón, que determinen una limitación significativa de derechos aún no vulnerando el principio de presunción de inocencia.

El Ministerio de Asuntos Exteriores ya informó ayer al CGPJ de que sigue respaldando el traslado temporal de Garzón a la CPI, mientras que la Fiscalía de este tribunal, dirigida por el argentino Luis Moreno Ocampo, remitió otro escrito en el que se asegura que la suspensión provisional del juez no constituye obstáculo para su contratación.

De esta forma, el CGPJ tiene ya cuatro de los informes que la Comisión Permanente del Consejo acordó solicitar el pasado viernes antes de decidir si concede el traslado temporal a Garzón.

El quinto informe solicitado es el del secretario general del CGPJ y, una vez que el Consejo reciba todos los documentos requeridos, la Comisión Permanente se reunirá de inmediato para decidir sobre el traslado de Garzón.

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