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La grúa no podrá retirar vehículos aparcados en la zona azul

Un vehículo aparcado en zona azul sin la debida autorización no podrá ser retirado por la grúa aunque sí podrá ser multado, según una enmienda aprobada ayer en la Comisión de Interior del Congreso a la reforma del régimen sancionador en materia de tráfico, que ahora pasará al pleno de la Cámara Baja.

el 16 sep 2009 / 04:06 h.

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Un vehículo aparcado en zona azul sin la debida autorización no podrá ser retirado por la grúa aunque sí podrá ser multado, según una enmienda aprobada ayer en la Comisión de Interior del Congreso a la reforma del régimen sancionador en materia de tráfico, que ahora pasará al pleno de la Cámara Baja. La enmienda, presentada por CiU y que ha sido apoyada por el resto de grupos parlamentarios, sí autoriza a la retirada del vehículo cuando éste se encuentre aparcado en un estacionamiento reservado a discapacitados, ya que en este caso el coche mal estacionado obstruye o dificulta la movilidad de otros usuarios.

Otro paquete de enmiendas introducido ayer a la nueva ley de Seguridad Vial limita las infracciones en las que se pierden puntos del carné. El titular del permiso no perderá cuatro puntos como hasta ahora en los casos de "conducción de forma negligente", por ser ambiguo y llevar a la confusión del conductor. Los conductores tampoco perderán puntos del carné, como sucedía ahora, por estacionar o parar en el carril-bus, en curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores o intersecciones. En estos casos el conductor podrá ser multado pero no verá reducidos sus puntos.

Tampoco conllevará pérdida de puntos el exceso de velocidad en las autopistas de acceso a las ciudades, limitadas en muchos casos a los 80 kilómetros por hora, siempre que el vehículo no supere los 130 kilómetros por hora. Con el nuevo texto tampoco estará prohibido utilizar avisadores, aunque sí será sancionable colocar en el vehículo dispositivos que inhiben los propios sistemas de control de velocidad instalados por la DGT.

Además, sólo se podrá pasar la ITV a un vehículo si se está al corriente de pago del seguro obligatorio.

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