El Juzgado de Instrucción número tres de Sevilla ha ordenado a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado que "den cumplimiento" al auto previo a través del cual dicha instancia judicial resolvía el desalojo forzoso de las viviendas de renta libre correspondientes a los números 2, 4 y 6 de la avenida de las Juventudes Musicales, propiedad de 'Ibercaja' y ocupadas desde mayo de 2012 por un colectivo de familias que carece de relación contractual alguna con el inmueble. Bloque de San Lázaro ocupado. A través de un nuevo auto fechado este pasado martes y recogido por Europa Press, la juez señala que en su citado auto previo, había ordenado el "desalojo forzoso" de las viviendas avisando ya entonces de que si en un plazo de 15 días no mediaba el "abandono" efectivo de las mismas, se cursaría oficio a las fuerzas de seguridad del Estado para dar cumplimiento a la orden. Dicho auto, recordémoslo, fue objeto de recurso de apelación ante la Audiencia Provincial por parte de las familias, que además solicitaban la suspensión de su ejecución hasta la resolución del propio recurso. La Junta de Andalucía, de su lado, solicitaba suspender el desalojo hasta que las administraciones públicas "garanticen alternativas a las familias e incluso anunciaba, merced a su propio escrito, una ampliación del plazo previo al desalojo forzoso, todo ello al objeto de negociar un posible realojo de estas personas. Pero de cualquier forma, en este último auto, el Juzgado de Instrucción número tres da cuenta de la oposición de la propiedad de las viviendas al "aplazamiento interesado" por la Junta de Andalucía, ordenando que las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado "den cumplimiento" al desalojo si las familias no hubiesen abandonado las viviendas de forma voluntaria. Igualmente, traslada la decisión a las áreas de Asuntos Sociales del Ayuntamiento y la Junta "a fin de que provean lo necesario en caso de que se encuentren en el edificio menores y otras personas en riesgo de exclusión social".