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La Junta pagará 131.000 euros a un niño que perdió un ojo al mirar por un agujero de su colegio en Écija

Perdió un ojo al mirar por un hueco practicado en la tapia del patio de su colegio y fue agredido con un palo por un menor "conflictivo".

el 07 dic 2010 / 10:43 h.

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El Tribunal Supremo ha condenado a la Junta de Andalucía a pagar 131.000 euros a un niño de 6 años, que perdió un ojo al mirar por un hueco practicado en la tapia del patio de su colegio y fue agredido con un palo por un menor "conflictivo" previamente expulsado del centro.

El suceso ocurrió hacia las 12 horas del 15 de enero de 2004 en el colegio "El Valle" de Écija, cuando el niño de 6 años estaba en el recreo y se asomó por un agujero abierto entre el campo de fútbol y una vaqueriza, desde donde él y sus amigos fueron increpados por dos chicos.

Uno de ellos, un alumno conflictivo que había sido expulsado del centro, metió un palo de fregona por el hueco y se lo clavó a la víctima, lo que le causó un traumatismo abierto del ojo que provocó su ablación, en unas lesiones que tardaron en curar 230 días y le causaron además un trastorno depresivo.

La sentencia del Supremo, a la que ha tenido acceso Efe, recuerda que la Fiscalía de Menores abrió diligencias contra el agresor pero las cerró sin sanción alguna, al tratarse de un menor de 14 años sin posibilidad de ser imputado.

El alto tribunal anula ahora un veredicto anterior de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que desestimó la demanda de los padres contra la consejería de Educación de la Junta y el Ayuntamiento de Écija, como responsable del mantenimiento del centro.

El TSJA se basó en que el agujero practicado en la pared, del tamaño de un ladrillo, no era peligroso ni hubo falta de vigilancia de los profesores en el recreo, y las lesiones que sufrió el niño se debieron a la intervención de una tercera persona, un joven conflictivo que faltaba al instituto "con conocimiento y anuencia de su madre".

El TSJA entendió que las lesiones no fueron culpa de un mal funcionamiento del servicio público educativo y rechazó la primera demanda de los padres, que ascendía a 167.437 euros.

El Supremo, en cambio, sostiene que la existencia de ese agujero a una altura de medio metro en el patio de recreo de los alumnos de Infantil, dada la edad de esos niños, es "un foco de riesgo, por la curiosidad que puede despertar en ellos".

El deber tuitivo y de vigilancia "exigía haber percibido con antelación la existencia del hueco o agujero y haber adoptado de modo inmediato las medidas necesarias para evitar la aproximación a él de los alumnos", sostiene la sentencia.

El Supremo, en cambio, no aprecia responsabilidad del Ayuntamiento de Écija como encargado del mantenimiento del colegio, pues no se ha demostrado que el centro educativo hubiera puesto en su conocimiento la existencia de tal hueco.

El menor agredido percibirá 131.000 euros, incrementados en el interés legal desde la fecha de su primera demanda.

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