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Economía

La mayor rebaja fiscal al jugar con desgravaciones y tiempos

De aquí a final de año no sólo caben las clásicas amortización de hipoteca y aportación al plan de pensiones para reducir la factura. El tránsito hacia el nuevo IRPF de 2015 deja otras estrategias.

el 09 dic 2014 / 12:00 h.

Quedan 22 días para que acabe 2014 y, con ellos, se agota el tiempo para arañar algunos euros, y que este año incluso pueden ser muchísimos, en la factura con Hacienda. Junto con las tradicionales desgravaciones que atañen sobre todo a la vivienda y los planes de ahorro, la reforma fiscal que entra en vigor el día 1 de enero de 2015 hace posible otras fórmulas para sacar más provecho en el tránsito del actual al nuevo Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Este solo anticipo a la guía de consejos que ahora arranca ilustra bien cuán atentos debemos estar a la calculadora de aquí a Nochevieja: atrasar ingresos o anticipar pérdidas puede evitar un nada desdeñable desembolso a la Agencia Tributaria. bin_33481076_con_16530886Cuenta José Miguel Amuedo, profesor de la escuela de negocios Instituto Internacional San Telmo y experto en fiscalidad, que todos los años solía hacer sus cálculos tributarios justo el día de Navidad. Lo típico: amortizar anticipadamente parte de la hipoteca —es decir, pagar una cantidad adicional a la cuota pactada con el banco— y ejecutar una aportación adicional al fondo de pensiones, que son las desgravaciones más habituales para las familias españolas. «Pero hoy no puedo recomendar lo de siempre porque hay cosas que traen consecuencias con este cambio de la normativa, que si se aprovechan reportan un importante ahorro fiscal y que exigen tiempo, no realizarse el mismo 31 de diciembre entre comida y comida». LA HIPOTECA Amortizar por anticipado Un clásico donde los haya en las desgravaciones es amortizar hipoteca por adelantado sólo si la vivienda habitual ha sido adquirida con anterioridad al 1 de enero de 2013 —la medida se eliminó para las compradas a partir de 2014— hasta un límite de 9.040 euros, aplicándose una deducción fiscal del 15 por ciento sobre las aportaciones ejecutadas. En caso de superarse el límite, el máximo a deducir sería de 1.356 euros por persona en la cuota íntegra (ingresos más ganancias menos los mínimos personal y familiar, por el tipo que corresponda de gravamen y la aplicación del tramo autonómico del IRPF). Esta regla para la hipoteca es también válida para los pagos ejecutados para construir una vivienda con anterioridad también al 1 de enero de 2013. El contribuyente tiene en la web de la Agencia Tributaria un simulador para calcular cuánto podría desgravarse. Eso sí, ojo al contrato hipotecario, puesto que muchas entidades financieras cobran comisión —por lo general, un 1 por ciento— por las amortizaciones anticipadas, y puede incluso que ésta anule el beneficio fiscal buscado. EL ALQUILER Un contrato ya y no esperar Una de las grandes novedades que lleva aparejado el nuevo IRPF es la desaparición a partir del 1 de enero de 2015 de las deducciones por alquiler, supresión polémica por cuanto la estrategia anterior del Gobierno central consistía en incentivar el arrendamiento, en especial entre los jóvenes. Si se quitan desde 2015, quiere decir que seguirán disfrutando de ventaja fiscal, tanto para el inquilino como el propietario de la vivienda, los contratos amarrados hasta el 31 de diciembre de 2014. Por tanto, mientras antes se firmen, mejor, recomienda el profesor José Miguel Amuedo. Si así lo hace y ese contrato para una vivienda habitual es por varios años, el inquilino que gane un máximo de 24.107 euros podrá deducirse el 10,05 por ciento del importe hasta un máximo de 9.040 euros, y permanecerá hasta la vigencia del mismo. Mientras, el casero, conservará el actual derecho a reducirse el 60 por ciento del rendimiento obtenido del alquiler, pero no la exención total (o coste fiscal cero) que existía cuando el arrendatario era un joven. LA PENSIÓN Más ventaja para el fondo este año Otro de los sprint del año, realizar una aportación adicional al fondo de pensiones, y al igual que la amortización hipotecaria, cabe afrontarla con una simple transferencia bancaria, sin más. Si tiene capacidad para llegar hasta el límite actualmente deducible, establecido en 10.000 euros aunque con el máximo del 30 por ciento de los rendimientos netos por trabajo y actividades económicas (12.500 euros y 50 por ciento para personas de 50 años), hágalo, puesto que a partir del ejercicio de 2015 el tope menguará hasta los 8.000 euros por contribuyente. Para unos expertos, una contradicción con la política de incentivar los planes de pensiones privados frente a hipotéticas inestabilidades de la caja de la Seguridad Social en el largo plazo. Para otros, una restricción que se basa en la realidad: sólo las rentas altas alcanzan ese máximo. Una familia realiza su declaración de la Renta en la delegación principal de la Agencia Tributaria en Sevilla. / JAVIER CUESTA Una familia realiza su declaración de la Renta en la delegación principal de la Agencia Tributaria en Sevilla. / JAVIER CUESTA LOS INGRESOS La clave está en atrasar o adelantar Y ahora una serie de grandes recovecos que revela José Miguel Amuedo para reducir la factura fiscal mezclando el viejo y el nuevo IRPF. Se trata de retrasar ingresos a 2015 correspondientes a 2014, e interesa por la sencillísima razón de que este año los tipos impositivos son más elevados que los del próximo, cuando se produce la rebaja de los gravámenes del IRPF. En cuanto a las ganancias y pérdidas patrimoniales a corto plazo —menos de un año—, si hay previsión de cosechar unas u otras, conviene anticipar las primeras a finales 2014 y retrasar las segundas a lo largo de 2015. La clave: las pérdidas ahora tributan contra el tipo que corresponda a la base imponible —más alto que en 2015— y las ganancias lo harán el año que viene al tipo del ahorro —más bajo que el marginal de la escala actualmente en vigor—. Siguiendo con ese juego de los plazos, de anticipar o atrasar, y si hay previsión de obtener un dividendo —por ejemplo, si usted es socio o propietario de una empresa y ésta va a repartir—, mejor cobrarlo en 2014 que en 2015, puesto que el año que viene desaparece la deducción de 1.500 euros. En cambio, si el importe es tan cuantioso que supera con creces el importe de esa ventaja fiscal, mejor esperar a 2015 dado que la tributación para el ahorro también baja. LA VIVIENDA El traspaso a una sociedad limitada Las operaciones descritas en el anterior epígrafe exigen algo de tiempo, y las que a partir de ahora se detallan requieren cierta ingeniería fiscal para ejecutarlas, según comenta el profesor. La primera atañe a cómo esquivar la revisión —inicialmente era desaparición, pero se corrigió— de los denominados coeficientes de abatimiento y monetarios, que corrigen a efectos tributarios las plusvalías generadas por la venta de viviendas adquiridas antes del 31 de diciembre de 1994 y también la evolución de la inflación. Desde el 1 de enero próximo, se establece un límite: 400.000 euros del valor de la transmisión. Es decir, esos 400.000 euros estarían libres, no así los siguientes, siendo una cantidad que cabe aplicarse a una casa, a dos o a cuantas se quieran, pero siempre y cuando no se supere —por tanto, se concibe a modo de bono hasta agotarse, lo que puede llevar incluso varios años, una fórmula extraña donde las haya—. En principio, si usted tiene varios inmuebles que, sumando, pueden rebasar ese límite, lo aconsejable, lógicamente, es vender para evitar el hachazo de Hacienda. Pero para vender hay que tener comprador. Si no lo hay, ¿qué hacer? Amuedo revela una estrategia que «ya mucha gente está haciendo». Se trata de aportar los inmuebles a una sociedad limitada: sus activos (pisos) se revalorizan, sí, aunque corregidos con los actuales coeficientes de abatimiento y monetarios, que ya no tendrá en 2015, de ahí que «se pague poco». ¿Y después? Pues o se venden las acciones de esa sociedad limitada o ésta enajena los inmuebles ya revalorizados. EL EMPRESARIO Vericuetos para reducir capital El segundo vericueto es también complejo y válido para los empresarios. Si su empresa puede reducir capital con devolución de aportaciones o distribuir la prima de emisión (el desembolso adicional sobre el precio nominal de las acciones), «hágalo ya porque ahora mismo la tributación es cero hasta el límite del coste de la participación, y partir del año que viene no lo será». Otra fórmula aún más enrevesada. Para proceder a la operación descrita, hace falta que la empresa tenga dinero. ¿No lo tiene? Se reconoce con el socio un préstamo, que se librará más adelante, cuando convenga. ¿Que ya la empresa, normalmente familiar, tiene deudas contraídas con el socio? Pues una oportunidad para utilizar ese mecanismo específico para reducir capital. EL TRABAJADOR Movilidad laboral y acciones en especie Si usted está en el paro y acepta un puesto trabajo que implique movilidad geográfica, la reforma del IRPF permite al contribuyente deducirse 2.000 euros. Éstos se aplican al año del cambio de residencia más el siguiente, de forma que si fue en 2014, vale también para 2015. Para los trabajadores en activo con discapacidad, esa cifra se eleva en 3.500 euros adicionales (o 7.500 si necesita la ayuda de terceros o si la minusvalía es igual o superior al 65 por ciento). Pero, ojo, si el desempleado acepta el puesto antes del 31 de diciembre de este año, aún disfrutará de 2.652 euros de desgravación en 2014 y otro tanto en 2015. Y en cuanto a las retribuciones en especie, si su empresa quiere premiarle con acciones propias, habitual entre las compañías en bolsa y entre aquellas que buscan fidelizar el talento de su plantilla, interesa que esos títulos se entreguen en 2014, puesto que ahora están exentos (libres) de tributación y a partir de enero, no. En todo caso,  deben ser acciones gratuitas o con precio inferior al de mercado, no superar los 12.000 euros anuales y con igualdad para la plantilla. Y ADEMÁS... VEHÍCULOS ELÉCTRICOSi dan coches, mejor eléctricos Si a partir de 2015 la compañía cede a su trabajador un vehículo, mejor que sea uno de los considerados eficientes energéticamente (es decir, un coche eléctrico o híbrido, que además tienen subvención por parte de la Administración autonómica). De esta manera, el empleado podrás reducir un 30 por ciento la valoración de la renta en especie. Mientras, los gastos de representación estarán limitados al 1 por ciento del importe neto de la cifra de negocios de la empresa Más ventajas para donaciones Las donaciones a instituciones beneficiarias del mecenazgo —siempre sin ánimo de lucro— tendrán a partir de 2015 un mejor tratamiento fiscal, así que le toca valorar si le conviene esperar al año que viene en lugar de hacerlo ya. Viviendas de mayores de 65 En la actualidad, las personas mayores de 65 años tienen exención total por las plusvalías derivadas de la venta de su vivienda habitual. A partir de 2015, además, toda ganancia patrimonial derivada de ventas de segundas residencias, acciones o fondos de inversión quedará también exentos si la plusvalía hasta un máximo de 240.000 euros se reinvierte en una renta vitalicia (es de por vida) que mejore su jubilación. Sin el iva en el comedor escolar Colegio GuadalquivirJunto con el IRPF y el Impuesto de Sociedades, la reforma fiscal incluye cambios en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) aunque de poco alcance ya que se mantienen inalterados los tipos de gravamen con el objetivo de no dañar el consumo. La decisión más popular consiste en la exención del IVA en los comedores escolares, así como la rebaja del impuesto para las flores y plantas ornamentales y un mayor control (lucha contra el fraude) en las entregas de móviles, consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales. EL EXPERTO «Es contraproducente la menor aportación a planes de pensiones» telmo «Es absurdo que se limiten a 8.000 euros las aportaciones a los planes de pensiones privados a partir de 2015, y además contraproducente con la política del Gobierno de incentivarlos. Es peregrina, además, la excusa de que favorecía a los ricos porque eran los únicos que podían alcanzar el máximo de 10.000 euros o de 12.500 si se supera la edad de 50 años». José Miguel Amuedo, experto en fiscalidad y profesor de la escuela de negocios andaluza Instituto Internacional San Telmo, analiza también las nuevas fórmulas alternativas para el ahorro previstas en la reforma del IRPF y que entrarán en vigor el día 1 de enero, es especial el nuevo plan a cinco años. Explica que esa alternativa, el llamado Ahorro 5, tiene sus límites y hay que comenzar a hacerla, y después engordarla. «Si hay margen para ahorrar este año, quizás convenga reservar un poco para abrirlo (ese plan, que llega como una cuenta bancaria o seguro con la inmensa mayoría del capital garantizado y sin tener que tributar por los intereses obtenidos durante el lustro)». Amuedo hace hincapié, asimismo, en que para las rentas irregulares del trabajo (por ejemplo, por premios, un bonus, etcétera), conviene anticipar el cobro a estos últimos días de 2014, puesto que la deducción actual es del 40 por ciento frente al 30 por ciento que regirá a partir del año que viene.  

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