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La mujer obligada a entregar a su hijo a su maltratador incumple la orden judicial

Tanto el Juzgado de Familia nº2 como el fiscal consideran que el pequeño debe estar con su padre.

el 27 mar 2011 / 10:17 h.

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Una mujer ha incumplido la orden dada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Sevilla por la que tenía que entregar a su hijo de 4 años  al padre -sobre el que pesa una condena de nueve meses de prisión por maltratar a su ex pareja y madre del menor-, a quien el juez ha otorgado la guarda y custodia tras la petición realizada al respecto tanto por su abogado como por la Fiscalía.

De este modo, fuentes del caso han informado a Europa Press de que el juez había citado a esta mujer la pasada semana, "debiendo entregar igualmente las ropas, medicamentos y demás enseres del menor", añadiendo además que, "en aras a que el cambio de la guarda y custodia se produzca sin causarle perjuicios al pequeño, se requiere expresamente" a la madre "para que cumpla el requerimiento de forma voluntaria y pacífica".

Tras la decisión de otorgar la guarda y custodia al padre, la mujer presentó una queja ante el Ministerio Público en la que exponía su caso, lo que motivó que el departamento de María José Segarra abriera diligencias internas para conocer el caso y poder responder a la solicitante, por lo que solicitó informe a la fiscal delegada de la Sección de Violencia de Género. Una vez recibida la información de la fiscal delegada, la Fiscalía ha procedido a responder a la madre del menor y se han archivado las diligencias.

Pues bien, el pasado día 17 de febrero el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 celebró una comparecencia en la que tanto el Ministerio Público como el abogado del padre interesaron el cambio de guarda y custodia a favor de éste último, tras lo cual el juez dictó un auto en el que adoptaba como medida "cautelar" atribuir la custodia al progenitor, siendo la patria potestad compartida por ambos. Asimismo, acordó dejar sin efecto la obligación del padre de abonar la pensión de alimentos por importe de 500 euros y declara la obligación de la madre de abonar 250 euros.

En el auto, el juez llama la atención sobre "los incumplimientos reiterados de la madre" de acudir al punto de encuentro, lo que motivó que se le impusiera una multa coercitiva en julio de 2010, y señala que, "pese a ello, no se llevaron a cabo las visitas tuteladas previstas para el 9 de septiembre, 14 y 28 de octubre", señalando que los técnicos del punto de encuentro "dejaban constancia de que se ha podido observar una evolución positiva en la adaptación del menor a los encuentros con su padre".

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