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La nueva ley avala el desembarco de la Cámara en nuevos negocios

No obstante, se restringe el ámbito para no incurrir en competencia desleal. La cúpula de la institución presidida por Herrero deberá publicar su retribución.

el 26 jul 2013 / 23:50 h.

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Francisco Herrero, presidente de la Cámara de Comercio de Sevilla, en una imagen de archivo. / Antonio Acedo Francisco Herrero, presidente de la Cámara de Comercio de Sevilla, en una imagen de archivo. / Antonio Acedo El anteproyecto de ley de las Cámaras de Comercio que ayer aprobó el Consejo de Ministros avala el proceso de diversificación de ingresos que la institución sevillana emprendió tras desaparecer la cuota cameral obligatoria que abonaban las empresas y que ha sido clave para su supervivencia. Eso sí, la norma establece que en ningún momento los negocios privados que acometa podrán recibir fondos públicos para no incurrir en competencia desleal. Su principal desembarco ha sido la compra del campus educativo EUSA, pero también sopesa la adquisición del Instituto de Estudios Cajasol así como la entrada en el Club Antares, que se encuentra actualmente en suspensión de pagos. Por tanto, la Cámara de Comercio de Sevilla deberá hilar fino a la hora de orquestar su estructura de financiación para que sus negocios de formación ocupacional y reglada y los futuros que geste para la formación de postgrado y de directivos –tal es el caso del Instituto Cajasol– y de prestación de servicios a empresas y ejecutivos –como el Club Antares– no creen discordias. No en vano, las negociaciones con la Fundación Cajasol y la oferta que estudiaba lanzar sobre Antares quedaron paralizadas a la espera de esa nueva ley nacional, que se ha hecho de rogar y que aún es un anteproyecto pendiente de su tramitación en las Cortes. Éste especifica que las actividades de carácter privado se podrán realizar en libre competencia, pero matiza que sin subvenciones. Es más, impone separar las contabilidades en dos: la referida a las labores públicas encomendadas por las administraciones, y que atañen principalmente al impulso a la internacionalización y la competitividad de las empresas, y la adscrita a fuentes de financiación propias y plenamente privadas. Y semejante distinción trata de evitar que unas contaminen a otras, y que los fondos públicos de las primeras no interfieran en las segundas originando ventajas a la hora de competir en el mercado. La cuestión es peliaguda puesto que en el Pleno de la Cámara de Sevilla no faltan voces discordantes con su papel como empresaria, críticas que proceden sobre todo del negocio de la formación. Fuentes de la institución cameral que preside Francisco Herrero declinaron ayer comentar cómo les afectaría exactamente la nueva regulación, y se remitieron al comunicado de prensa del Consejo Superior de Cámaras de Comercio que alaba la regulación nacional. Lo cierto y verdad es que el anteproyecto no sólo respalda la diversificación de ingresos tras la supresión de una cuota cameral que, sentencia, no se recuperará, sino que también avala la separación de funciones pactada en el progresivo acercamiento entre la Cámara y la patronal sevillana CES, presidida por  Miguel Rus. En efecto, la norma asigna a las Cámaras labores de internacionalización (salida de compañías al exterior), competitividad (por ejemplo, ventanilla única administrativa), formación profesional y arbitraje. Y estos ámbitos de actuación son precisamente los que asumió la institución encabezada por Herrero, mientras que para la CES quedaría reservada principalmente la representación de carácter institucional –negociación con administración y sindicatos–. La nueva regulación incluirá la siempre espinosa publicación de las retribuciones percibidas por altos cargos y responsables máximos de la institución cameral sevillana –el actual presidente no tiene una remuneración directa–. Un código de buenas prácticas deberá elaborarse y atenderse en la realización de sus labores.   Cualquier empresa podrá ser socia pero la que aporte dinero más votos tendrá La ley no contempla la recuperación de la cuota cameral permanente. Los ingresos de la Cámara de Sevilla deberán proceder de los servicios que preste y las aportaciones voluntarias de empresas y autónomos. La adscripción universal de las empresas “no supondrá una carga administrativa ni económica”. Pero la voluntariedad trae la siguiente clave. El todos por igual se acabó. La nueva regulación permitirá a la institución diferenciar entre sus socios en función de la aportación voluntaria que efectúen a las arcas de la institución. “Se podrá dar, si así lo estiman conveniente, una mayor representatividad a las empresas que hayan realizado contribuciones en sus órganos de gobierno”. Eso sí, sin menoscabar “la representación mayoritaria en los mismos de todas las empresas a través de un proceso electoral basado en el sufragio universal y la elección democrática de dichos órganos”. La comunidad andaluza podrá ampliar esa mayoría. A la institución también se le faculta para participar, “con las administraciones competentes”, en la organización de la formación práctica en centros de trabajo, incluida en las enseñanzas de la formación profesional. Es decir, podrá seleccionar centros de trabajo y empresas, designar y formar a los tutores y controlar y evaluar la programación concebida. Se elimina la obligatoriedad de que exista una Cámara por provincia, lo que da pie a procesos de concentración en la comunidad andaluza. Se crea, asimismo, una Cámara de España para coordinar las labores de internacionalización de las empresas.

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